PETER BRYAN VASQUEZ LAZO C/ LUIS PATRICIO GARRIDO NAHUELHUAL
Rol
O-4318-2022
Fecha
10 de julio de 2024
Materia
OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos , , 7, No 9, y siguientes, , 5, , 9, 6 a 7 y 96 del Código Penal Código Penal y 5, 7, 97, , , 88 y siguientes, 6 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a Luis Patricio Garrido Nahuelhual, como autor de la falta consumada de ocultación de identidad, prevista y sancionada en el artículo 96 Nº 5 del Código Penal, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el de diciembre de a una multa de 1 y 1/3 de UTM. Que, hecha la conversión al tenor del artículo 49 del Código Penal, la multa se tendrá por cumplida con los 4 días de privación de libertad del imputado con ocasión de esta causa, que corresponde a los controles de detención del 21 de diciembre de 2022, 23 de septiembre de 2023, 6 de febrero y 23 de mayo de 2024. II.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; Código: PWGLXXFMXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 4318-2022 RUC 2201281028-1 Dictada por doña MINOU JANCSO CARTENS, Juez del 5° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: PWGLXXFMXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-14T13:45:38-0400
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Luis Patricio Garrido Nahuelhual, como autor de la falta consumada de ocultación de identidad, prevista y sancionada en el artículo 96 Nº 5 del Código Penal, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal el de diciembre de a una multa de 1 y 1/3 de UTM. Que, hecha la conversión al tenor del artículo 49 del Código Penal, la multa se tendrá por cumplida con los 4 días de privación de libertad del imputado con ocasión de esta causa, que corresponde a los controles de detención del 21 de diciembre de 2022, 23 de septiembre de 2023, 6 de febrero y 23 de mayo de 2024. II.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; Código: PWGLXXFMXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 4318-2022 RUC 2201281028-1 Dictada por doña MINOU JANCSO CARTENS, Juez del 5° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: PWGLXXFMXMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-14T13:45:38-0400
Texto Completo (Preview)
RUC : 8 8- RIT : 8- MATERIA : Ocultación de Identidad, prevista y sancionada en el artículo 96 Nº 5 del Código Penal IMPUTADO : LUIS PATRICIO GARRIDO NAHUELHUAL C. DE IDENTIDAD : 7 6 9-7 DOMICILIO : Calle INES DE SUAREZ Nº 98, comuna de La Pintana. FISCAL : Denys Pavez Farías DEFENSOR : Mariana Fernandez TRIBUNAL : 5° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO FECHA DE SENTENCIA : de julio de MOD. RESP. PENAL
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