C/ VÍCTOR ALEJANDRO SAZZO MENESES
Rol
O-72-2024
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día diez del presente mes y año, en la sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por los magistrados subrogantes, Christian Carvajal Silva, en su calidad de Presidente de Sala, Jessica Beltrand Montenegro y Bernardo Ramos Pavlov, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RUC 2201255556-7, seguida por el delito de robo con intimidación en contra de don Víctor Alejandro Sazzo Meneses, chileno, nacido en Santiago el 01 de septiembre de 1993, 30 años, soltero, cédula de identidad Nº18.750.504-6, sin oficio, domiciliado en pasaje Los Cosmonautas N°1251, población San Rafael, comuna de La Pintana, Santiago. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto don Patricio Millán Hidalgo, con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. La defensa del acusado Sazzo Meneses estuvo a cargo de la abogada de la Defensoría Penal Pública, doña Marcia Durán González, con domicilio y forma de notificación registrada en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. La acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos, según se señala en el auto de apertura: “El día 14.12.22 alrededor de las 09:30 hr. en la intersección de Cardenal José María Caro con calle Puente Patronato, en la comuna de SANTIAGO el acusado se acercó al furgón en que se desplazaba la víctima EDUARDO MIRANDO ULAZIO de copiloto y con la ventana abajo y lo apuntó con un cuchillo directo al cuerpo exigiéndole la entrega de su teléfono celular señalándole “Conche tu madre dame el celular o te pego un puñalada”, entregando la víctima el celular marca Huawei, color azul, dándose a la fuga del lugar el acusado con la especie en su poder”. (sic) El persecutor, aclaró que la expresión “14.12.22” se refería a la fecha del hecho, 14 de diciembre de 2022 y que el primer apellido de la víctima era Miranda y no Mirando. Ambas correcciones no fueron objetadas por la defensa. Código: CNYXXFPKZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El Ministerio Público estimó que estos hechos eran constitutivos del delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero del Código Penal, con relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de consumado, cabiendo participación en calidad de autor al acusado Sazzo Meneses conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal. Según la Fiscalía concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal consistente en la agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal, solicitando se imponga al acusado la pena de quince años de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales y costas de la causa. TERCERO: Hecho acreditado, prueba de cargo y valoración. Este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal, apreciando los elementos de prueba rendidos durante la audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo
Fallo
por tanto, objeto de sustracción del tipo penal referido. Por último, el ánimo de lucro, como elemento subjetivo especial del tipo, se establece por la misma conducta desplegada por el acusado, desde el momento que forjó una nueva tenencia respecto de la cual podía lucrar u obtener provecho. Determinado que existió una sustracción de cosa mueble contra la voluntad de su dueño, cabe establecer si existió intimidación real y seria con el objeto de apropiarse de las pertenencias de Miranda Ulazio. La determinación de la seriedad de una amenaza debe valorarse y acreditarse con un relato consistente en el tiempo, corroborado con otras fuentes de información y que tanto subjetiva como objetivamente permite concluir que dicha situación fáctica acreditada es idónea para causar temor en los términos del artículo 439 del Código Penal. En este sentido, el afectado da cuenta que se encontraba en un vehículo, con la ventana abajo, detenido por un semáforo, momento que un sujeto se le acerca e introduce su cuerpo para colocarle un cuchillo en el cuello y amenazarlo con grosería de dañarlo sino le entrega el teléfono, relato que manifestó el afectado desde la denuncia que efectúo ante Carabineros y que fue corroborado por su compañero de trabajo Rondón Roca que observó la coacción y la sustracción y, por lo demás, al momento de su detención el acusado fue encontrado con un arma blanca y con la especie sustraída, elementos suficientes para dar por cierto la coacción detallada por el denunc
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C/ VÍCTOR ALEJANDRO SAZZO MENESES DELITO: ROBO CON INTIMIDACIÓN ROL UNICO: 2201255556-7 RIT Nº: 72-2024 Santiago, doce de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día diez del presente mes y año, en la sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por los magistrados subrogantes, Christian Carvajal Silva, en su calidad de Presidente de S
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