28º Juzgado Civil de Santiago

DEL REAL/

Rol

V-120-2020

Fecha

29 de abril de 2021

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 3 de junio de 2020, comparece el abogado Jos Miguel Delpin Piffaut,é en representaci n de Mar a del Rosario del Real Ekdahl, c dula nacional de identidadó í é N 9.904.821-2.-, chilena, casada, parvularia, ambos domiciliados para estos efectos en° calle Monjitas N 392, piso 20, comuna de Santiago, quien solicita se autorice a su° representada a efectuar las siguientes donaciones irrevocables, en favor de sus hijas: a) Mar a Magdalena Pumpin del Real, c dula nacional de identidad N 19.894.197-í é ° 2.-, la cantidad de una acci n de la Sociedad Asesor as e Inversiones Devek SpA., laó í que se efectuar con cargo a su leg tima; y,á í b) Mar a Jos Pumpin del Real, c dula nacional de identidad N 20.429.949-8.-, laí é é ° cantidad de una acci n de la Sociedad Asesor as e Inversiones Devek SpA., la queó í se efectuar con cargo a su leg tima.á í Se ala que las donaciones pretendidas no causan menoscabo al patrimonio ni añ las rentas de la donante, toda vez que posee bienes suficientes para su holgado sustento. Asimismo las donaciones referidas no vulneran las asignaciones forzosas establecidas en la ley respecto de sus hijos y tampoco afectan las asignaciones forzosas establecidas en la ley respecto de su c nyuge. Finalmente hace presente que es capaz de disponer de susó bienes, y las donatarias tambi n son capaces de recibir la donaci n, y que sta seré ó é á recibida en dominio pleno, por lo que con el m rito de las disposiciones legales queé invoca, por lo que pide se autorice a su representado a efectuar la donaci n pretendidaó en los t rminos solicitados. é Con fecha 22 de octubre del a o 2021, ñ se rindi informaci n sumaria de testigos,ó ó con la declaraci n de Juan Enrique Nestler Gebauer, ó c dula nacional de identidadé N 10.329.630-7.-° , y Rodrigo Enrique Barros Camacho, c dula nacional de identidadé N 7.017.732-3.-, ° diligencia efectuadas ante el Receptor Judicial Edgardo Ca up nñ á Quinchavil. El 9 de marzo de 2021, el Servicio de Impuestos Int

Fundamentos

fundamentos de la solicitud deducida en autos han quedadoá ntegramente reproducidos en la parte expositiva del presente fallo;í SEGUNDO: Que a fin de probar sus alegaciones, el solicitante alleg a los autosó la siguiente prueba documental: 1) Certificado de matrimonio de la donante; 2) Certificados de nacimiento de las hijas de la donante; 3) Copia de inscripci n deó dominio vigente y certificado de aval o fiscal vigente al 1 Semestre de 2020, deú ° inmueble de propiedad de la donante; y, 4) Certificado emitido por la Sociedad Asesor aí e Inversiones Devek SpA., del ltimo balance del a o 2019;ú ñ TERCERO: Que el 22 de octubre del a o 2021, ñ se rindi informaci n sumariaó ó de testigos, con la declaraci n de Juan Enrique Nestler Gebauer, ó c dula nacional deé identidad N 10.329.630-7.-° , y Rodrigo Enrique Barros Camacho, c dula nacional deé identidad N 7.017.732-3.-, ° diligencia efectuadas ante el Receptor Judicial Edgardo Ca up n Quinchavilñ á , quienes legalmente interrogados expusieron que conocen a la donante, con quien mantienen desde hace m s de 10 a os el primer testigo y desde haceá ñ m s de 20 a os el segundo deponente, un v nculo de amistad, ya que ambos testigos soná ñ í muy amigos del c nyuge de la donante, por lo que le consta su solvencia, que tiene unó patrimonio consolidado y mucho mayor a la cantidad que desea donar, y que ese patrimonio lo ha ido construyendo junto a su marido desde hace muchos a os,ñ principalmente derivado del negocio inmobiliario, de la construcci n y venta de edificiosó de departamentos. Se ala que lo declarado le consta adem s porque ha participado enñ á algunos de esos proyectos, de manera que sabe que la donaci n pretendida no afecta susó aptitudes patrimoniales; CUARTO: Que el solicitante acompa a los autos, respecto de la donatariañó Mar a Magdalena Pumpin del Real, í Giro y Comprobante de Pago de Impuestos y Multas Formulario 21, Folio [007]:4606403.-, con un impuesto de $62.302.-, y Certificado Pago Impuesto a las Donaciones DJU 1300 N 10, emitido por el Servicio de° Impuestos Internos el 9 de marzo de 2021. Asimismo acompa ñó respecto de la donataria Mar a Jos Pumpin del Real, í é Giro y Comprobante de Pago de Impuestos y Multas Formulario 21, Folio [007]:4606407.-, con un impuesto de $62.302.-, y Certificado Pago Impuesto a las Donaciones DJU 1300 N 09, emitido por el Servicio de Impuestos Internos el 9 de marzo ° de 2021. En ambos certificados se se ala que cada una de las donaciones pretendidas, ñ se encuentran afectas al pago de un impuesto de 1,21 UTM, dineros que se enteraron en arcas fiscales, mediante pago efectuado el 5 de marzo de 2021, en el Banco de Chile; QUINTO: Que en m rito de los antecedentes acompa ados a los autos,é ñ informaci n sumaria rendida, y Certificados Pago Impuesto a las Donaciones DJU 1300ó N 09.-, y DJU 1300 N 10, de fechas 9 de marzo ° ° de 2021, y visto, adem s, lo dispuestoá en los art culos 1386, 1389 y 1401 del C digo Civil y 889 y 890 del C digo deí ó ó Procedi

Fallo

SE DECLARA: a) Que se autoriza a do a ñ Mar a del Rosario del Real Ekdahlí , c dula nacionalé de identidad N 9.904.821-2.-, ° a donar en forma irrevocable y con cargo a su leg tima, a cada una de sus hijas, í MAR A MAGDALENA PUMPIN DELÍ REAL, c dula nacional de identidad N 19.894.197-2.-, y é ° MAR A JOSÍ É PUMPIN DEL REAL, c dula nacional de identidad N 20.429.949-8.-, laé ° cantidad de una acci n de la Sociedad Asesor as e Inversiones Devek SpA.;ó í b) Que cada una de las donaciones materia de autos, fueron gravadas por el Servicio de Impuestos Internos con un tributo de 1,21 UTM, equivalentes al d aí de su pago, esto es el 5 de marzo de 2021, a $62.302.-, sumas que fueron enteradas ntegramente en las arcas fiscales, seg n dan cuenta los Certificados deí ú Pago de Impuesto a las Donaciones DJU 1300 N 09.-, y DJU 1300 N 10, ambos° ° de fecha 9 de marzo de 2021, emitidos por el Servicio de Impuestos Internos, pagos que se aprueban mediante la presente resoluci n.ó Reg strese.í DICTADA POR DO A LILIAN ESTHER LIZANA TAPIA, JUEZAÑ SUBROGANTE. AUTORIZA DON MARIO LUIS ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invie

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-120-2020 CARATULADO : DEL REAL/ Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 3 de junio de 2020, comparece el abogado Jos Miguel Delpin Piffaut,é en representaci n de Mar a del Rosario del Real Ekdahl, c dula nacional de identidadó í é N 9.904.821-2.-, chilena, casada, parvularia, ambos d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica