28º Juzgado Civil de Santiago

MARCHANT/

Rol

V-289-2020

Fecha

28 de abril de 2021

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 7 de noviembre de 2020, comparece el abogado Jos Eugenioé Dom nguez Montes, en representaci n de Eduardo Alfredo Marchant Barahona, cedulaí ó nacional de identidad N 7.971.639-1, funcionario p blico, casado y separado de bienes,° ú ambos domiciliados para estos efectos en calle Armando Jaramillo N 1032, departamento° 91, comuna de Vitacura, y expone: Que su representado solicita autorizaci n para donaró por mera liberalidad, a t tulo gratuito, a su hija Constanza Bel n Marchant Venegas,í é cedula nacional de identidad N 19.322.577-2.-, estudiante, soltera, del mismo domicilio,° con cargo a la cuarta de mejoras, el inmueble ubicado en pasaje Pantale n Cortes N 2,ó º Poblaci n Juli n Gumiel, de la ciudad de San Felipe, que es uno de los 31 que se dividió á ó el inmueble de mayor extensi n, parte del denominado La Vega , ubicado en la ciudadó “ ” de San Felipe, sitio que aparece en el plano archivado al final del Registro de Propiedad del a o 1988 del Conservador de Bienes Ra ces de la comuna de San Felipe bajo el Nñ í º 128, cuya superficie es de 340,5 metros cuadrados, y se encuentra avaluado en $20.037.915 seg n consta de certificado de aval o fiscal de 28 de septiembre del a oú ú ñ 2020. Agrega que los deslindes, seg n su t tulo son: Al norte, con pasaje interior; al sur,ú í con sitio N 1; al oriente, con sitio N 5; y, al poniente, con el resto de la propiedad de laº º Sociedad Industrial de Los Andes. Se ala que el inmueble se encuentra inscrito a Fojasñ 1625, N mero 1744, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deú í San Felipe, correspondiente al a o 2011, Rol de Aval o N 199-55.ñ ú º Expresa que el patrimonio del donante supera ampliamente la donaci nó pretendida, la que equivale aproximadamente al 7% del patrimonio del solicitante, que asciende a m s de $283.179.299.- Asimismo, la donaci n materia de la solicitud noá ó perjudica los derechos eventuales de los asignatarios forzosos, ya que, no hay detrimento ni perjuicio a s

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho de la solicitud deducida en autos haná quedado ntegramente reproducidos en la parte expositiva del presente fallo;í SEGUNDO: Que a fin de probar sus alegaciones, el solicitante alleg a los autosó la siguiente prueba documental: 1) Certificado de dominio vigente y copia de inscripci nó de dominio, con certificaci n de vigencia, del inmueble materia de la solicitud, inscrito aó Fojas 1625, N mero 1744, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra cesú í de San Felipe, correspondiente al a o 2011; ñ 2) Certificado de Avalu Fiscal del inmuebleó materia de la solicitud, Rol de Aval o N 199-55; ú ° 3) Certificados de dominio vigente y de aval o fiscal de diversos inmuebles de propiedad del donante; ú 4) Copia de cartola de movimientos de fondo mutuo del Banco Cr dito e Inversiones, de propiedad delé donante; 5) Copia de cartola de cuenta corriente del Banco Cr dito e Inversiones, cuyoé titular es el donante; 6) Copia de cartola hist rica N 45 de Banco Santander,ó º correspondiente a la cuenta N 7159952 nombre del donante; º 7) Copias del Formularios 22 de declaraci n anual de renta del donante, correspondiente a los a os tributariosó ñ 2019 y 2020; 8) Certificado de matrimonio del donante con Eliana Judith Venegas Silva; y, 9) Cuatro certificados de nacimiento de los hijos del donante, Eduardo Jos , Felipeé Andr s, Constanza Bel n, e Isidora Eliana, todos de apellidos Marchant Venegas;é é TERCERO: Que el 12 de enero del a o 2021, ñ se rindi la informaci n sumariaó ó de testigos, con la declaraci n de Sergio Ennio Riquelme Fulgerió , c dula nacional deé identidad N 7.187.679-9.-° , y Patricio Rodrigo Diez Morello, c dula nacional deé identidad N 6.944.411-3.-, ° diligencia efectuadas ante el Receptor Judicial Andr sé Campos Soto, , quienes legalmente interrogados expusieron: - Riquelme Fulgeri: Que conoce al donante desde hace 45 a os, ya queñ actualmente son compa eros de trabajo. Se ala que el solicitante el a o 1988ñ ñ ñ contrajo matrimonio con Eliana Judith Venegas Silva, bajo el r gimen deé separaci n total de bienes, y que fruto de esta relaci n matrimonial nacieron 4ó ó hijos: Eduardo Jos , Felipe Andr s, Constanza Bel n e Isidora Eliana, todos deé é é apellidos Marchant Venegas. Al testigo le consta que el solicitante, por su trabajo como funcionario p blico por m s de 45 a os, ha percibido una remuneraci nú á ñ ó peri dica que le ha permitido incrementar, conservar y proteger su patrimonio, loó que permiti que invirtiera sus activos, adquiriera diversos bienes muebles eó inmuebles, e invirtiera en fondos mutuos, lo que en definitiva le ha permitido tener un cuantioso patrimonio, que asciende a la suma de $283.169.299.- Dice que sabe que Eduardo Alfredo Marchant Barahona pretende donar a su hija Isidora Eliana Marchant Venegas, un bien inmueble ubicado en la poblaci nó Juli n Gumiel de la ciudad de San Felipe, pasaje Pantale n Cort s N 2. Expresaá ó é ° que la donaci n pretendida no mermar su patrimonio p

Fallo

SE DECLARA: a) Que se autoriza a Eduardo Alfredo Marchant Barahona, cedula nacional de identidad N 7.971.639-1.-, ° a donar, por mera liberalidad, a t tulo gratuito y coní cargo a la cuarta de mejoras, a su hija CONSTANZA BEL N MARCHANTÉ VENEGAS, cedula nacional de identidad N 19.322.577-2.-, el inmueble ubicado° en pasaje Pantale n Cortes N 2, Poblaci n Juli n Gumiel, de la ciudad de Sanó º ó á Felipe, que es uno de los 31 que se dividi el inmueble de mayor extensi n, parteó ó del denominado La Vega , ubicado en la ciudad de San Felipe, cuya superficie“ ” es de 340,5 metros cuadrados, e inscrito a Fojas 1625, N mero 1744, del Registroú de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Felipe, correspondiente alí a o 2011, Rol de Aval o N 199-55, y mayormente individualizado en la parteñ ú º expositiva de esta sentencia; b) Que la donaci n materia de autos, fue ó gravada por el Servicio de Impuestos Internos con un tributo de $171.289.-, suma que fue enterada ntegramente en lasí arcas fiscales, seg n da cuenta el Certificado de Pago de Impuesto a lasú Donaciones N 63/2021° , de fecha 26 de febrero de 2021, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, pago que se aprueba mediante la presente resoluci n.ó Reg strese.í DICTADA POR DO A LILIAN ESTHER LIZANA TAPIA, JUEZAÑ SUBROGANTE. AUTORIZA DON MARIO LUIS ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-289-2020 CARATULADO : MARCHANT/ Santiago, veintiocho de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 7 de noviembre de 2020, comparece el abogado Jos Eugenioé Dom nguez Montes, en representaci n de Eduardo Alfredo Marchant Barahona, cedulaí ó nacional de identidad N 7.971.639-1, funcionario p blico, casado y sepa

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