Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ YESLEYN NICOLE ROMERO ORMAZÁBAL

Rol

O-3625-2024

Fecha

10 de julio de 2024

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “EL día de mayo del año 4 aproximadamente a las 3: horas las requeridas YESLEYN NICOLE ROMERO ORMAZÁBAL y BÁRBARA JAVIERA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ estando entre los supermercado líder ubicado en calle Colón 5 Valparaíso, sustrajeron diversos productos que estaban en exhibición en el referido local avaluados en la suma de $ 3 5 , con lo cual en su poder y sin cancelar su valor comercial traspasan al eje de cajas siendo detenidas por guardias de seguridad cuando pretendían abandonara el local comercial, instantes en los cuales la imputada HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ agrede con sus manos y pies al guardia de seguridad Luis Ramírez Venegas provocando una contusión en antebrazo izquierdo clínicamente leve, posteriormente o al ser trasladada a una sala especial para hacer posterior entrega a fucionarios policiales, la imputada Bárbara Hernández Hernández extrajo un arma blanca de su vestimentas y amenazó con esta de muerte a los Guardia seguridad Luis Ramírez Venegas y Jean Rival Dumé. Valparaíso, diez de julio de dos mil veinticuatro. Y visto lo dispuesto por los artículos , , 5 N° , , , 5, 4 , 5 , 5 , , , , , 43 , 4 4 bis del Código Penal, artículos , 45 y siguientes, , 34 , 34 , 3 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento en consecuencia se condena a YESLEYN NICOLE ROMERO ORMAZÁBAL, cédula de identidad - , ya individualizada, a la PENA DE MULTA EQUIVALENTE A UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de coautora de hurto falta previsto y sancionado en el artículo 494 bis en concordancia con el artículo 432 ambos del Código Penal en grado frustrado, perpetrado en horas de la tarde del de mayo de 4 en perjuicio del supermercado Líder de calle Colón 5 , Valparaíso. II. Para todos los efectos legales se deja constancia que registra un día de privación de libertad III.- Se exime a la requerida del pago de costas en atención a su admisión de responsabilidad por cual evitó un Juicio Oral contribuyendo al ahorro de recursos estales,

Fallo

se declara: I.- Que se acoge el requerimiento en consecuencia se condena a YESLEYN NICOLE ROMERO ORMAZÁBAL, cédula de identidad - , ya individualizada, a la PENA DE MULTA EQUIVALENTE A UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de coautora de hurto falta previsto y sancionado en el artículo 494 bis en concordancia con el artículo 432 ambos del Código Penal en grado frustrado, perpetrado en horas de la tarde del de mayo de 4 en perjuicio del supermercado Líder de calle Colón 5 , Valparaíso. II. Para todos los efectos legales se deja constancia que registra un día de privación de libertad III.- Se exime a la requerida del pago de costas en atención a su admisión de responsabilidad por cual evitó un Juicio Oral contribuyendo al ahorro de recursos estales, materiales y humanos. Cúmplase en su oportunidad lo dispuesto por el artículo 4 del Código Procesal Penal remitiendo oficio al Servicio de Registro Civil, Registro Nacional de Condenas, Contraloría General de la República. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: TCYCXXMDJXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: TCYCXXMDJXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-22T19:56:33-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA:RUC N° - // RIT N° – . C/ ROMERO ORMAZÁBAL, YESLEYN NICOLE, cédula de identidad - , 3 años de edad, nacida el de septiembre de , comerciante ambulante, domiciliada calle Camino Real 5 , San Roque, Valparaiso. HECHOS: “EL día de mayo del año 4 aproximadamente a las 3: horas las requeridas YESLEYN NICOLE ROMERO ORMAZÁBAL y BÁRBARA JAVIERA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ estando entre los supermercado

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