10º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ CRISTÓBAL MATHYAS ARRIAGADA SARAVIA

Rol

O-1468-2022

Fecha

11 de julio de 2024

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 5 de junio del año , en horas de la madrugada, en calle Raúl Fuica a la altura del N° 45 5, comuna de Pedro Aguirre Cerda, funcionarios de carabineros sorprenden al acusado CRISTÓBAL MATHYAS ARRIAGADA SARAVIA, quien mantenía en su poder bolsas contenedoras de cannabis sativa con un peso bruto de 5 gramos, además mantenía en su poder una pistola a fogueo marca ISSC, modelo M , calibre milímetros, con su número de serie borrado, además de un cargador con dos municiones marca CBC, calibre .3 auto sin percutir y en la recamara una munición marca CBC, calibre .3 auto, sin percutir, con cañón desobturado y aguja, apta para el disparo, sin contar con la autorización de la autoridad competente. Además, manteniendo guardando y poseyendo la referida droga la que estaba destinada para su uso personal, exclusivo y próximo en el tiempo. Santiago, once de julio de dos mil veinticuatro. Se declara: l.- Se condena a Cristóbal Mathyas Arriagada Saravia, ya individualizado, a las siguientes penas: Código: XQSQXXRZSVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a) A la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos del tiempo la condena, por su responsabilidad en calidad autor del delito de porte de arma de fuego prohibida, hecho perpetrado el día 5 de junio del año en territorio jurisdiccional de este tribunal. b) A la multa de un tercio de unidad tributaria mensual en calidad autor de la falta prevista y sancionada en el artículo 5 de la Ley . , hecho perpetrado el día 5 de junio del año en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que por las fundamentaciones señaladas, se sustituye a la pena corporal por libertad vigilada intensiva por el mismo lapso de la pena sustituida, debiendo quedar sujeto a la vigilancia del CRS que territorialmente corresponda y,

Fallo

Se declara: l.- Se condena a Cristóbal Mathyas Arriagada Saravia, ya individualizado, a las siguientes penas: Código: XQSQXXRZSVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a) A la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos del tiempo la condena, por su responsabilidad en calidad autor del delito de porte de arma de fuego prohibida, hecho perpetrado el día 5 de junio del año en territorio jurisdiccional de este tribunal. b) A la multa de un tercio de unidad tributaria mensual en calidad autor de la falta prevista y sancionada en el artículo 5 de la Ley . , hecho perpetrado el día 5 de junio del año en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que por las fundamentaciones señaladas, se sustituye a la pena corporal por libertad vigilada intensiva por el mismo lapso de la pena sustituida, debiendo quedar sujeto a la vigilancia del CRS que territorialmente corresponda y, a la obligación de cumplir con el plan de intervención individual, las condiciones de este y además la del artículo ter letra d) de la Ley . , esto es, debiendo ser incorporado programas formativos laborales con ocasión del plan de intervención, le servirá de abono el tiempo que permaneció interrumpidamente privado de libertad por estos antecedentes desde el día de junio del año al día de hoy, esto

Texto Completo (Preview)

RUC : - RIT : - MAGISTRADO : CLAUDIO ORTEGA LOYOLA NOMBRE IMPUTADO : CRISTÓBAL MATHYAS ARRIAGADA SARAVIA CEDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : Calle Antonio Acevedo Hernandez Nº 4 3, comuna de Pedro Aguirre Cerda. FISCAL : Leonardo Zamora Hernandez DEFENSOR PÚBLICO : Gonzalo Cea Belmar TRIBUNAL : º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : once de julio de dos mil veinticuatro CIRCUNSTAN

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