2º Juzgado de Letras de Copiapó

ILLANES/

Rol

V-1689-2019

Fecha

28 de abril de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 09 de agosto de 2019, don Luis Jilberto Illanes Pozo, chileno, casado con separación total de Bienes, minero, cédula de identidad N° 7.645.990-8, domiciliado en calle Batallón Atacama N° 419, Caldera, con un 51% de acciones y Fidel Ramón Cuevas Mercado, cédula de identidad N° 6.120.137-8, chileno, viudo, minero, domiciliado en calle Zapiga N° 7087, Comuna La Florida, Santiago, con un 49 % de acciones, solicitaron 20 pertenencias mineras denominadas "SALMUERA – 7 1 AL 20”, ubicadas en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. Se hace presente que con fecha 16 de agosto de 2019, el solicitante Fidel Ramón Cuevas Mercado ratifica la manifestación presentada con fecha 09 de agosto de 2019. 2) Que el acta de mensura presentada con fecha 24 de agosto de 2020, da cuenta de la mensura de las pertenencias "SALMUERA- 7 1 AL 15”, ubicadas en Llano Ciénaga Redonda, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, las que abarcan una superficie total de 105 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VÉRTICE NORTE (mts) ESTE(mts) 1 7.013.000,00 494.300,00 2 7.013.000,00 495.000,00 4 7.011.500,00 495.000,00 3 7.011.500,00 494.300,00 3) Que con fecha 22 de agosto de 2019, la manifestación en referencia fue inscrita a fs.3.011 vta. Nº 1.916 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó. Se señala, además, en la parte final del documento, que al margen de la inscripción dice que transfirieron sus derechos por Ministerio de la Ley a la “SOCIEDAD LEGAL MINERA SALMUERA – 7 UNA DEL SECTOR LLANO CIENAGA REDONDA”, quedando inscrita a fs. 3.013 vuelta N° 1.917 en el Registro de Descubrimientos; y en fojas 186 vuelta N° 219 en el Registro de Accionistas, ambos del Conservador de Minas de Copiapó, correspondientes al año 2019; y se publicó en el Boletín Oficial de Minería Nº42.446 de fecha 04 de septiembre de 2019, ambos documentos acompañados con fecha 04 de marzo de 2020. 4) Que con fecha 06 de abril de 2020, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.625, documento acompañado con fecha 08 de mayo de 2020. 5) Que en el curso de la tramitación no se notaron faltas o ilegalidades y la operación de mensura fue practicada en forma correcta, según informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 2514, de fecha 21 de abril de 2021, agregado mediante resolución de fecha 22 de abril de 2021. No obstante lo anterior, el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de la mensura, mediante Ordinario N° 006079, de fecha 17 de noviembre de 2020, agregado mediante resolución de fecha 19 de noviembre de 2020. Y Vistos además, lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Minería,

Fallo

SE DECLARA: Que SE APRUEBA el plano y el acta de mensura y quedan constituidas las pertenencias "SALMUERA- 7 1 AL 15”, ubicadas en Llano Ciénaga Redonda, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de 105 hectárea, en favor de S.L.M. SALMUERA- 7 UNA DEL SECTOR LLANO CIENAGA REDONDA. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase copia autorizada de esta sentencia y del acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó; y remítase copias de las mismas piezas al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese los planos en los términos establecidos en el artículo 87 del mencionado cuerpo legal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol V-1689-2019. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, veintiocho de Abril de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gó

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1689-2019 CARATULADO : ILLANES/ Copiapó, veintiocho de Abril de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que con fecha 09 de agosto de 2019, don Luis Jilberto Illanes Pozo, chileno, casado con separación total de Bienes, minero, cédula de identidad N° 7.645.990-8, domiciliado en calle Batallón Atacama N° 419

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