Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ VÍCTOR FERNANDO VARAS LABRA

Rol

O-7461-2023

Fecha

10 de julio de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 20 de octubre del año 2023, siendo las 16:28 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima de iniciales C.I.D.T, salió del colegio de adultos de nombre “Alerta”, ubicado en calle Villa Alegre N°868 de la comuna de Padre las Casas y comenzó a caminar en dirección al norte por dicha arteria mientras realizaba una llamada por su teléfono celular, instantes en que fue abordado por el acusado VICTOR FERNANDO VARAS LABRA, quien le propinó un golpe de puño en la cara a la víctima cayéndosele los lentes y cuando esta se agachaba a recogerlos el acusado procedió a arrebatarle a viva fuerza el teléfono celular marca Huawei modelo LX9 de color verde y salió huyendo del lugar, siendo perseguido por la víctima, la cual posteriormente solicitó ayuda a Carabineros, quienes ubicaron al acusado en calle Villa Alegre esquina La Paz de la comuna de Padre Las Casas, con el teléfono celular de la víctima en sus manos, el cual fue reconocido por esta. A consecuencia de la agresión la víctima de iniciales C.I.D.T resultó con una crisis hipertensiva y una contusión en la mejilla calificada como clínicamente leve por el médico de turno del Consultorio Conun Hueno. Temuco, diez de julio de dos mil veinticuatro Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada Código: YFLNXXJFRRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 11 n° 6 Y 9, 14, 15, 24, 25, 26, 29, 49, 50, 68, 69, 436 del Código Penal; y lo dispuesto en los artículos 36, 38, 47, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y en la Ley 18.2

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : - RUC : - MATERIA : ROBO CON VIOLENCIA. ART. CÓDIGO PENAL IMPUTADO : VÍCTOR FERNANDO VARAS LABRA CÉDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : Calle Villa Alegre Nº , Padre de las Casas. ATENUANTES : Artículo N° y del Código Penal AGRAVANTES : - RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: El día 20 de octubre del año 2023, siendo las 16:28 horas aproximadamente, en circunstancias

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