2º Juzgado de Letras de Linares

CABELLO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-299-2021

Fecha

27 de abril de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, comparece don RICARDO ANTONIO CABELLO NAVARRETE, chileno, casado, comerciante, c dula de identidad N 9.541.029-é ° 4, domiciliado en Los Nogales, parcela 3, sector Puente Alto, de la comuna de Linares, quien deduce demanda ordinaria de prescripci n extintiva en contra deó la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don Mario Meza V squez, chileno, casado, c dula de identidad Ná é º 14.389.148-8; ambos domiciliados en calle Kurt M ller, N 391, de la comuna deö ° Linares. Refiere que es propietario de un cami n, marca FORD, modelo F 400,ó A o 1998, N de motor 30608871, N Chasis 9BFL2UJG0WDB22958, PPU SUñ ° º 9206-6, color Blanco, el cual adquiri de ocasi n, por una m dica suma deó ó ó dinero, toda vez que el veh culo en cuesti n se encontraba mec nicamenteí ó á inutilizado al momento de compararlo desde hac a mucho tiempo, por ende coní la totalidad de sus papeles atrasados, los cuales poco a poco ha ido regularizando, con el objeto de realizar la respectiva transferencia de dominio. Foja: 1 Indica que el veh culo adeuda permisos de circulaci n para con elí ó Municipio antes referido desde el a o 2007 hasta el a o 2020, alcanzando añ ñ acumular en tal per odo, la suma de $1.602.017.-(Un mill n seiscientos dos milí ó diecisiete pesos), seg n consta en documento que acompa a.ú ñ Menciona que el veh culo adeuda permisos de circulaci n desde haceí ó varios a os y en consecuencia Tesorer a estima que deben pagarse todas lasñ í patentes adeudadas, lo que resulta imposible realizar, dado el alto costo de ellas en relaci n al precio comercial del autom vil y dada su actual situaci nó ó ó econ mica.ó Se ala que conforme a lo establecido en el art culo 2521 del C digo Civil,ñ í ó todas las acciones derivadas de los permisos de circulaci n no pagados hasta eló a o 2018 se encuentran prescritas.ñ Finaliza previas citas legales, solicitando acoger la demanda de prescripci nó de acciones y derechos de los permisos de circulaci

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 12 de marzo del 2021, comparece, Ricardo Antonio Cabello Navarrete quien dedujo demanda de prescripci n deó derechos de permisos de circulaci n en contra de la Ilustre Municipalidad deó Linares, representada por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de lasá razones de hecho y de derecho que se consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : Que a folio 6, con fecha 20 de abril de 2021, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientesñó documentos: 1. Certificado de deuda del veh culo tipo, cami n, marca FORD, modelo Fí ó 400, A o 1998, PPU SU 9206-6,ñ 2. Certificado de Inscripci n y anotaciones vigentes del veh culo antesó í individualizado. CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, oó de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o noí haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digoá ó Civil, en los art culos 2492 y siguientes.í QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tieneó ó como principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas queí ligan a los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichasí relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo paraó el actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que, ante la no controversia parcial de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de permiso de circulaci n deló cami n, marca FORD, modelo F 400,ó A o 1998, PPU SU 9206-6, desde el a o el 2007 hasta el a o 2020, ambosñ ñ ñ inclusive. SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ deudas generadas por el no pago de permisos de circulaci n, que invoca eló demandante, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, esto es, mes de marzo de cada a o, inici ndose desde esa poca, y para cada una deñ á é Foja: 1 ellas, el lapso de inactividad del acreedor necesario para la declaraci n deó prescripci n alegada.ó Que en este contexto, y atendido que a la fecha de la notificaci n de laó presente demanda, esto es el d a 21 de abril del a o 2021, es dable establecer queí ñ s lo ha transcurrido el plazo de prescripci n que establece el art culo 2521 deló ó í C digo Civil respecto de la deuda correspondiente al a o 2008 al a o 2018, taló ñ ñ cual como fue pedido por el actor, toda vez las acciones de las Municipalidades para co

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 12 de marzo del 2021 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Cabello con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Ordinario Demandante Ricardo Antonio Cabello Navarrete C.I. 9.541.029-4 Abogado Paulina Del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Carolina Alejandra Y ez G lvezáñ á C.I. 14.288.739 -8 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O rí Sentencia 23 de abril de 2021 Linares, veintisiete de abril de dos mil veintiuno VISTO: 1.- A folio 1, comparece don RICARDO ANTONIO CABELLO NAVARRETE, chileno, casado, comerciante, c dula de identidad N 9.541.029-é ° 4, domiciliado en Los Nogales, parcela 3, sector Puente Alto, de la comuna de Linares, quien deduce demanda ordinaria de prescripci n extintiva en contra deó la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don Mario Meza V squez, chileno, casado, c dula de identidad Ná é º 14.389.148-8; ambos domiciliados en calle Kurt M ller, N 391, de la comuna deö ° Linares. Refiere que es propietario de un cami n, marca FORD, modelo F 400,ó A o 1998, N de motor 30608871, N Chasis 9BFL2UJG0WDB22958, PPU SUñ ° º 9206-6, color Blanco, el cual adquiri de ocasi n, por una m dica suma deó ó ó dinero, toda vez que el veh culo en cuesti n se encontraba mec nicamenteí ó á inutilizado al momento de compararlo desde hac a mucho tiempo, por ende coní la totalidad de sus papeles atrasados, los cuales poco a poco ha ido

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-299-2021 CARATULADO : CABELLO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-299-2021 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 12 de marzo del 2021 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Cabello con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Ordinario Demandante Ricardo Antonio

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