2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BERGBAU WAGEN SPA/

Rol

V-578-2020

Fecha

27 de abril de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don HUGO PRIETO ROJAS, chileno, casado, Abogado, R.U.T. 11.947.423-K, en representación de BERGBAU WAGEN SPA, R.U.T. 76.813.311-5, ambos con domicilio en calle Magdalena N°140, piso 20, Las condes, Santiago, con fecha 25 de Septiembre del año 2020, a las 17:53:35 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “CERRO AMARILLO 47”, con una superficie de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 01 de Octubre del año 2020, el pedimento fue inscrito a fojas 4.326, bajo el Nº 2.398, del año 2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 26 de Octubre del año 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº696, de fecha 03 de Febrero del año 2021, informó con observaciones la solicitud, siendo subsanada con fecha 16 de febrero del mismo año. QUINTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería N°2052, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.418.500.00 396.300,00 V1 7.419.000,00 394.800,00 V2 7.419.000,00 397.800,00 V3 7.418.000,00 397.800,00 V4 7.418.000,00 394.800,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;

Fallo

SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “CERRO AMARILLO 47” con una superficie de 300 hectáreas, a favor de BERGBAU WAGEN SPA, representada por don HUGO PRIETO ROJAS, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase por correo electrónico copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas ejecutoriada la presente sentencia por correo electrónico. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. Antofagasta, veintisiete de Abril del año dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-27T16:39:50-0400

Texto Completo (Preview)

ROL : V-578-2020 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “CERRO AMARILLO 47” CÓDIGO : P02 SOLICITANTE : BERGBAU WAGEN SPA FECHA INICIO : 25.09.2020. Antofagasta, veintisiete de Abril del año dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don HUGO PRIETO ROJAS, chileno, casado, Abogado, R.U.T. 11.947.423-K, en representación de BERGBAU WAGEN SPA, R.U.T. 76.813.311-5, ambos con domicilio en calle Magd

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