MUÑOZ/
Rol
V-68-2020
Fecha
26 de abril de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 31 de diciembre de 2020, comparece don RAMÓN MARCELO LABRAÑA VEJAR, abogado, cédula de identidad N° 10.662.655-3, con domicilio en calle Aldunate N°710, Piso 9, oficina 901, Edificio Telar de la ciudad y comuna de Temuco, quién comparece a nombre y en representación de don ALBERTO FELIPE MUÑOZ MORRISON, chileno, ingeniero, casado y separado de bienes, cédula de identidad N°13.519.467- 0, con domicilio en Pasaje La Cumbre Poniente N°880 de la ciudad y comuna de Temuco, quien ante la negativa de la Conservadora de Bienes Raíces de Lautaro, para tomar nota marginal de escritura de rectificación compraventa por la cabida del inmueble de propiedad de su representado denominado Hijuela N°9, con fecha 17 de Diciembre del año 2020, vengo en el presente procedimiento, con los antecedentes del caso, solicitar que aclarada la cabida real del predio de su representado, se sirva ordenar a la Conservadora de Bienes Raíces de Lautaro, se sirva tomar nota de la escritura rectificatoria presentada, a fin de que se consigne para todos los efectos legales, la cabida real del predio. I.- ANTECEDENTES DE LA NEGATIVA DE INSCRIPCION DE LA NOTA MARGINAL EN LOS TÍTULOS DE LA HIJUELA N°9: 1.- Señala que por escritura pública de compraventa de fecha 28 de Junio del año 2019, ante el Notario Público de Temuco, don CARLOS ALARCÓN RAMÍREZ, Titular de la Cuarta Notaría de Temuco, anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos bajo el N°4081-2019, el vendedor don TEOBALDO LUIS PEÑAILILLO CHÁVEZ, de Lautaro debidamente autorizado por su cónyuge Olga del Carmen Moraga Aravena, vendió, cedió y transfirió a don ALBERTO FELIPE MUÑOZ MORRISON, quien aceptó y adquirió para sí, el INMUEBLE denominado: HIJUELA 9, denominada San Carlos de aproximadamente 8 hectáreas 84 áreas, según título, (que en realidad serian de 9 hectáreas 77 áreas, según más adelante indica), cuyo PLANO corre archivado al final del Registro de Instrumentos de Lautaro del año 1991, bajo el N° 55 y deslinda: NORTE, con la Hijuela 8 en un trayecto de 600 metros; ESTE, con cerco del camino público en un trayecto de 138 metros; SUR, con Parcela número 6 en un trayecto de 420 metros; OESTE, en la Parcela número 6 en un trayecto de 300 metros. Indica que el dominio a nombre del comprador consta inscrito a fojas 1216 N°1081 Registro de Propiedad del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro, según consta en documentos que en otrosí acompaña. Su rol de avalúo fiscal es el N° 679-447 de la comuna de Lautaro. 2.- Manifiesta que no obstante haberse inscrito el dominio de la propiedad, el vendedor y comprador han dado cuenta, que la memoria y plano de subdivisión del predio de mayor extensión denominado Parcela número 1 Colonia de Lautaro, archivados bajo el número 55 al final del Registro de Instrumentos Públicos de Lautaro del año 1991, que estaba debidamente señalado en el título de dominio anterior del comprador, según inscripción de fojas 343 N°469 del Regist
Fallo
SE RESUELVE: Que SE RECHAZA la solicitud interpuesta con fecha 31 de diciembre de 2020, a folio 1. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-68-2020 Dictó doña MILENA ANSELMO CARTES. Juez Titular del Juzgado de Letras, Familia y del Trabajo de Lautaro. En Lautaro, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno, se notificó la resolución precedente por el estado diario. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Lautaro, veintis is de Abril de dos mil veintiunoé Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-26T15:28:35-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Lautaro CAUSA ROL : V-68-2020 CARATULADO : MU OZ/Ñ Lautaro, veintis is de Abril de dos mil veintiunoé VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 31 de diciembre de 2020, comparece don RAMÓN MARCELO LABRAÑA VEJAR, abogado, cédula de identidad N° 10.662.655-3, con domicilio en calle Aldunate N°710, Piso 9, of
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