3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

SAAVEDRA CASANOVA YESENIA

Rol

V-554-2018

Fecha

26 de abril de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, según consta en folio 1 del SITCI, con fecha 20 de julio de 2018, comparecen Justiniano Enzo Santos Martínez y Mario Skandar Pellón Esper, abogados en representación de doña Yesenia Andrea Saavedra Casanova, chilena, casada, Técnico en Asistente de Párvulos, Cédula Nacional de Identidad N°17.187.351-7, domiciliada en calle Baquedano 239 oficina 218, comuna y ciudad de Antofagasta, madre de Valentina Belén Álvarez Saavedra, Cédula Nacional de Identidad N°22.600.212-K. Solicita conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 17.344, que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica y modifica la Ley 4.808 sobre el Registro Civil, modificados por la Ley 19.585; el cambio de apellido, de Valentina Belén Álvarez Saavedra, a Valentina Belén Machuca Saavedra, ya individualizada de acuerdo a los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho. Según consta del certificado de nacimiento que acompaña, la menor nació a la vida civil en la Circunscripción de Talca, con el nombre de Valentina Belén Álvarez Saavedra, y así figura en el Registro Civil de Talca con el número de inscripción año 64 del año 2008. Refiere que el padre de filiación no matrimonial de la menor, don Francisco Leonardo Álvarez Urbina, no ha ejercido su rol como padre desde el nacimiento de su hija. Desde el nacimiento de la hija de su representada Valentina Belén, quien ha ejercido el verdadero rol parental es su cónyuge, don Osvaldo Esteban Machuca Masso, con quien contrajo matrimonio con fecha 01 de abril del año 2011, según certificado de matrimonio que acompaña a la solicitud, del cual nacen dos hijos más, ambos de apellidos Machuca Saavedra. Los tres hermanos estudian en el mismo colegio, lo que ha conllevado a que la menor Valentina Álvarez Saavedra este Foja: 35 siendo objeto de diversos cuestionamientos y burlas entre sus pares por tener un apellido paterno distinto al de sus hermanos, circunstancia que tiene a la menor en un proceso de crisis de identidad y cuestionamientos personales que la menor manifiesta constantemente en su núcleo familiar. Indica que, a razón de lo anterior, luego de diversas conversaciones a nivel familiar, la menor le ha solicitado a nuestra patrocinada que realice todos los trámites para llevar el apellido de quien considera su verdadero padre, don Osvaldo Machuca Masso, a fin de poner término a los múltiples problemas que la menor Valentina les ha relatado. Señala que esta situación sería de gran magnitud, al punto que la menor, en un afán de evitar mayores problemas y burlas, en cada oportunidad señala y escribe como su apellido paterno el de Machuca. Afirman que la menor Valentina Belén Álvarez Saavedra ha sido siempre conocida como Valentina Machuca Saavedra, como hija de don Osvaldo Machuca Masso, transcurriendo más de diez años hasta la fecha, cumpliéndose los presupuestos exigidos por la ley para solicitar el cambio de apellido. SEGUNDO: Que, en folio 16 de SITCI, consta acta de entrevista de la menor, Valentina Belén Álvarez Saavedra, desprendiéndose que tiene conocimiento de la solicitud presentada por su madre y que está de acuerdo en cambiar su apellido paterno por el apellido Machuca, correspondiente a don Osvaldo Esteban Machuca Masso, cónyuge de su madre y padre de sus dos hermanos menores, lo que fundamenta en que no recuerda haber tenido contacto con su padre biológico, siendo la pareja actual de su madre quien se ha comportado como padre, brindándole todos los cuidados y afectos de un padre. Asimismo, en folio 31 de SITCI, consta atestado receptorial que da cuenta de la notificación por cédula efectuada a don Francisco Álvarez Urbina, según se desprende de Exhorto N°240-2021, diligenciado por el Segundo Juzgado de Letras de Chillán. Dejándose constancia en la misma de no haberse apersonado a la audiencia, y de haberse efectuad

Fallo

se resuelve que: Foja: 35 I.- Se hace lugar a la solicitud de cambio de nombre, de folio 1 Sitci, y en consecuencia, se ordena al competente Oficial del Registro Civil, rectificar la partida de nacimiento número 64 correspondiente al año 2008, correspondiente a doña VALENTINA BELÉN ÁLVAREZ SAAVEDRA, en el sentido de fijar y reemplazar el apellido paterno, quedando inscrita en definitiva como “VALENTINA BELÉN MACHUCA SAAVEDRA”. Notifíquese, regístrese, ejecutoriada la presente sentencia, déjese constancia de lo resuelto en la partida de nacimiento ya referida, para tal efecto, obténgase copia autorizada por el interesado directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N°71.216 de fecha 17 de junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación a la Ley 20.886, artículo 4°, inciso final. Sentencia dictada por don Jordán Campillay Fernández, Juez Titular. En Antofagasta, a veintiséis de abril del año dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.hor

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Foja: 35 NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA JUZGADO : 3 JUZGADO CIVIL DE ANTOFAGASTAº CAUSA ROL : V-554-2018 CARATULADO : SAAVEDRA CASANOVA YESENIA. Antofagasta, a veintiséis de abril del año dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, según consta en folio 1 del SITCI, con fecha 20 de julio de 2018, comparecen Justiniano Enzo Santos Martínez y Mario Skandar Pellón Esper, abogados en re

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