Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO

Rol

O-2363-2023

Fecha

8 de julio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 19 de julio del año 2023 a las 15:12 horas aproximadamente, al interior del supermercado Líder Express de Avenida Los Carreras 754, de Quilpué, el requerido RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO, en compañía de otro sujeto de identidad desconocida hasta el momento, se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de tres cortes de costillas tradicional, uno de carne punta Paleta y otro de carne posta paleta, avaluados todos en la suma $104.405. - ocultándolo al interior de un bolso que portaba, luego de salir por la caja número 3, sin pagar el valor de los productos, siendo detenido el imputado con la especie en su poder, es decir portando el bolso, en tanto el coimputado se da a la fuga.” Delito: A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de frustrado y perpetrado por RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO, en calidad de autor. Concurre en perjuicio del imputado la circunstancia agravante establecida en el artículo 12 N°15 del Código Penal, consistente en haber sido condenado el culpable anteriormente por delitos a que la ley señale igual o mayor pena. PENA: de 60 DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, Y UNA PENA DE MULTA DE 5 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, MAS LAS ACCESORIAS LEGALES, CON COSTAS. SEGUNDO: Que, habiéndose dado lectura al requerimiento, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos en la audiencia respectiva, por lo que se realizó el juicio con fecha de hoy. En dicha oportunidad se escuchó a los comparecientes. Código: XLEVXXJPTES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El Ministerio Público, expuso que atendido que su prueba no se encuentra disponible, solicita se resuelva conforme a derecho y no se le condene en costas. Por su parte, la defensa, señaló que planteará la absolución de su representado respecto de los hechos materia del requerimiento, da

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Quilpué, la Fiscalía Local de esta ciudad, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en causa RIT - , en contra de RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO, cédula de identidad 19.325.685-6, domiciliado en CALLE SUBIDA PEQUEÑA N° 102, CERRO EL LITRE, VALPARAÍSO, por su responsabilidad en los siguientes hechos: “El día 19 de julio del año 2023 a las 15:12 horas aproximadamente, al interior del supermercado Líder Express de Avenida Los Carreras 754, de Quilpué, el requerido RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO, en compañía de otro sujeto de identidad desconocida hasta el momento, se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de tres cortes de costillas tradicional, uno de carne punta Paleta y otro de carne posta paleta, avaluados todos en la suma $104.405. - ocultándolo al interior de un bolso que portaba, luego de salir por la caja número 3, sin pagar el valor de los productos, siendo detenido el imputado con la especie en su poder, es decir portando el bolso, en tanto el coimputado se da a la fuga.” Delito: A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de frustrado y perpetrado por RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO, en calidad de autor. Concurre en perjuicio del imputado la circunstancia agravante establecida en el artículo 12 N°15 del Código Penal, consistente en haber sido condenado el culpable anteriormente por delitos a que la ley señale igual o mayor pena. PENA: de 60 DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, Y UNA PENA DE MULTA DE 5 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, MAS LAS ACCESORIAS LEGALES, CON COSTAS. SEGUNDO: Que, habiéndose dado lectura al requerimiento, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos en la audiencia respectiva, por lo que se realizó el juicio con fecha de hoy. En dicha oportunidad se escuchó a los comparecientes. Código: XLEVXXJPTES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El Ministerio Público, expuso que atendido que su prueba no se encuentra disponible, solicita se resuelva conforme a derecho y no se le condene en costas. Por su parte, la defensa, señaló que planteará la absolución de su representado respecto de los hechos materia del requerimiento, dado que el Ministerio Público, no rendirá prueba suficiente para acreditar los hechos ni la participación de su representado. TERCERO: Que conforme lo establecen los artículos 8, 98, 326 y 389 todos del Código Procesal Penal, previamente informado de sus derechos, el requerido hizo uso de su derecho a guardar silencio, optando por no prestar declaración. CUARTO: Que en audiencia de juicio oral simplificado el Ministerio Público no incorporó pruebas. La Defensa, por su parte, tampoco incorporó pruebas a juicio. QUINTO: Que la exigencia de toda sentencia de condena y por ende, la aplicación de una pena, sólo puede estar fundada

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE al requerido RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO, cédula de identidad 19.325.685-6, del cargo fiscal que lo sindica como AUTOR de un delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, por su responsabilidad en los hechos supuestamente ocurridos con 19 de julio del año 2023, en esta jurisdicción. Código: XLEVXXJPTES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público. Regístrese y Archívese en su oportunidad. RUC - RIT - Dictada por don SEBASTIÁN ALFONSO BÁEZ HERNÁNDEZ, Juez Suplente del Juzgado Garantía de Quilpué. Código: XLEVXXJPTES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-10T10:55:55-0400

Texto Completo (Preview)

Quilpué, ocho de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Quilpué, la Fiscalía Local de esta ciudad, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en causa RIT - , en contra de RAFAEL DAVID SILVA JARAMILLO, cédula de identidad 19.325.685-6, domiciliado en CALLE SUBIDA PEQUEÑA N° 102, CERRO EL LITRE, VALPAR

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