MP C/ JUAN CARLOS ANZALDO AVENDAÑO
Rol
O-3542-2023
Fecha
9 de julio de 2024
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: En el marco de una investigación por el delito de Tráfico de drogas en causa con RUC diverso, el día 9 de agosto de , a las : horas aproximadamente, personal de la Sección OS-7 El Loa tras realizar un sinnúmero de diligencias con herramientas de la ley . , llegó al inmueble del acusado ubicado en Alejandro Rodríguez 8 8, quien los dejó ingresar y ya en su interior se percataron que mantenía sobre un mueble tipo velador un artefacto metálico que resultó ser un arma de fuego tipo pistola marca Piertro Beretta calibre 9mm y su respectivo cargador la que se encontraba apta para efectuar procesos de percusión y disparo, sin contar el imputado con la debida autorización para el porte o tenencia de dichos elementos que se encuentran sometidos al control de la Ley de Armas. Lo descrito precedentemente, analizado en su conjunto, configura, a juicio de esta Fiscalía los delitos de delitos de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego Prohibida, previsto y sancionado en el artículo ° en relación al artículo ° letra e) de la Ley 7.798, siendo la participación del acusado la de autor de conformidad a lo establecido en el artículo número del Código Penal. El imputado acepta el procedimiento abreviado y el Tribunal resuelve: Calama, nueve de julio de dos mil veinticuatro Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo , y 7 B de la Ley 7.798, en relación a los artículos , , 7, N° , N° , , , 9, , y siguientes del Código Penal; artículos , , , 8, , 7 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo , y siguientes, 8 de la Ley 8. ; se resuelve: Código: XXDXXJXXVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que, se condena a JUAN CARLOS ANZALDO AVENDAÑO, cédula de identidad N° - , ya individualizado, a la pena de TRES ( ) AÑOS UN ( ) DIA de presidio menor en su grado máximo, más la pena accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, inhabilitación para cargo y oficio públicos durante el tiemp
Fallo
se resuelve: Código: XXDXXJXXVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que, se condena a JUAN CARLOS ANZALDO AVENDAÑO, cédula de identidad N° - , ya individualizado, a la pena de TRES ( ) AÑOS UN ( ) DIA de presidio menor en su grado máximo, más la pena accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, inhabilitación para cargo y oficio públicos durante el tiempo de su condena en su calidad de autor, por su responsabilidad a título de autor del delito de POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 9 de agosto de . II. Que, reuniéndose los requisitos del artículo y siguientes de la Ley 8. , se le concede al sentenciado LA PENA SUSTITUTIVA DE LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por el mismo plazo de duración de su condena, para el cumplimiento de dicho pena sustitutiva deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriado el presente fallo en el Centro de Reinserción Social de su domicilio. Para todo evento se le reconoce como abonos, todos los días que permaneció privado de libertad por esta causa, esto es desde el de agosto de hasta la fecha de esta sentencia, ambas fechas inclusive. III. Que, el sentenciado queda sujeto a la condición expresa en el artículo 7 ter letra d) de la Ley 8. , esto es la obligación de asistir a todas las actividades, talleres y capacitaciones que realice el Centro de Reinserción Social en el cumplimiento de
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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO RIT : - RUC : 9 - FECHA : nueve de julio de dos mil veinticuatro HORA INICIO : : hrs. HORA TÉRMINO : : hrs. DELITO : POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS JUEZ : ALEJANDRO SALVADOR GONZALEZ ESCOBAR FISCAL : CRISTIAN ENCINA FARIAS DEFENSOR PART. : CLAUDIA LEMUS GALLEGUILLOS IMPUTADO 1 : JUAN CARLOS ANZALDO AVENDAÑO RUT : - DOMICILIO (ART. ): Calle RUPAN
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