Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MP C/ BORIS ANDRE SOLAR CONTRERAS

Rol

O-472-2023

Fecha

9 de julio de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 06 de octubre de 2022, a las 18:30 horas aproximadamente, en calle Rawson intersección calle Yungay de Valparaíso, los imputados BORIS ANDRE SOLAR CONTRERAS y OSVALDO ENRIQUE JULIO SILVA, se encontraban en dicho lugar acompañados de otros sujetos que no se lograron identificar, exhibiendo en sus manos envoltorios de papel color blanco a cambio de dinero, los imputados al percatarse de la presencia policial en el sector, proceden a guardar los envoltorios exhibidos rápidamente entre sus vestimentas, no pudiendo concretar las transacciones, siendo fiscalizados por personal de carabineros quienes encuentran en las vestimentas del imputado BORIS SOLAR CONTRERAS, una bolsa de nylon color celeste, en cuyo interior se encontraban 41 envoltorios de papel contenedores de 1,39 gramos netos de cocaína base 70% y cafeína, y a su turno al imputado OSVALDO JULIO SILVA, se encontró entre sus vestimentas 28 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 2,38 gramos netos de cocaína base 69%, quien además mantenía en uno de sus bolsillos la suma de Código: KFLJXXSXCRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de 3 $14.000 (catorce mil pesos) de dinero en efectivo y un teléfono celular color gris, marca moto, no manteniendo ninguno de ellos autorización para portar, mantener o guardar la droga, la cual estaba destinada a su comercialización a terceras personas.” En concepto del Ministerio Público estos hechos son constitutivos del delito de Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, en grado de desarrollo consumado. Indica que a los acusados les corresponde una participación culpable en calidad de autores, conforme al artículo 15 Nº1 del Código Penal, sin que concurran circunstancias modificatorias de responsabilidad. Por lo anterior, sol

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cinco de julio del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por la Juez Presidente de Sala doña Leonor Cohen Briones y por los Jueces don Williams Vilches Flores y doña Paula Ramos Vergara, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N° 472-2023, RUC N° 2200990950-1, seguido en contra de OSVALDO ENRIQUE JULIO SILVA, cédula nacional de identidad N° 11.731.535-5, 53 años, nacido en Quintero el 28 de enero de 1971, soltero, maestro carpintero, 5° básico, domiciliado en Pasaje Nueve de Julio N°231, Rodelillo, Valparaíso y de BORIS ANDRE SOLAR CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 19.327.548-6, 27 años, nacido en Valparaíso el 22 de noviembre de 1996, soltero, jornal, cuarto medio, domiciliado en Bellamar Norte N°123, Cerro Esperanza, Valparaíso. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad, representado por su fiscal Álvaro Mansilla Maldonado y la defensa, en tanto, fue asumida por la abogado de la Defensoría Penal Pública, Manuela Vitolo Camiruaga, ambos con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 06 de octubre de 2022, a las 18:30 horas aproximadamente, en calle Rawson intersección calle Yungay de Valparaíso, los imputados BORIS ANDRE SOLAR CONTRERAS y OSVALDO ENRIQUE JULIO SILVA, se encontraban en dicho lugar acompañados de otros sujetos que no se lograron identificar, exhibiendo en sus manos envoltorios de papel color blanco a cambio de dinero, los imputados al percatarse de la presencia policial en el sector, proceden a guardar los envoltorios exhibidos rápidamente entre sus vestimentas, no pudiendo concretar las transacciones, siendo fiscalizados por personal de carabineros quienes encuentran en las vestimentas del imputado BORIS SOLAR CONTRERAS, una bolsa de nylon color celeste, en cuyo interior se encontraban 41 envoltorios de papel contenedores de 1,39 gramos netos de cocaína base 70% y cafeína, y a su turno al imputado OSVALDO JULIO SILVA, se encontró entre sus vestimentas 28 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 2,38 gramos netos de cocaína base 69%, quien además mantenía en uno de sus bolsillos la suma de Código: KFLJXXSXCRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de 3 $14.000 (catorce mil pesos) de dinero en efectivo y un teléfono celular color gris, marca moto, no manteniendo ninguno de ellos autorización para portar, mantener o guardar la droga, la cual estaba destinada a su comercialización a terceras personas.” En concepto del Ministerio Público estos hechos son constitutivos del delito de Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, en grado de desarrollo consumado. Indica que a los acusados les corresponde una par

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 4°, 7°, 8°, 12, 36, 45, 46, 47, 48, 53, 102, 282 a 291, 295, 296, 297, 298, 323, 325 a 338, 340, 341, 342, 343, 344 y 346 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve a OSVALDO ENRIQUE JULIO SILVA, cédula nacional de identidad N° 11.731.535-5 y a BORIS ANDRE SOLAR CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 19.327.548- 6, de los cargos formulados en su contra en calidad de autores de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, del artículo 4° de la Ley 20.000, que se dijo cometido en esta ciudad el 6 de octubre de 2022. II.- Que no se condena al Ministerio Público al pago de las costas, atendido lo señalado en el motivo décimo. Regístrese y comuníquese oportunamente al Juzgado de Garantía de esta ciudad para su cumplimiento. Hecho, archívese. Redactada por la Juez doña Paula Ramos Vergara. RUC N° 2200990950-1 RIT N° 472-2023 (y acumulada N° 473-2023) Dictada por la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidida por la Magistrado doña Leonor Cohen Briones e integrada, además, por los Jueces don Williams Vilches Flores y doña Paula Ramos Vergara. Código: KFLJXXSXCRR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-09T13:54:26-0400

Texto Completo (Preview)

Página 1 de 3 DELITO: Tráfico ilícito de estupefacientes RUC N°: 2200990950-1 RIT N°: 472-2023 ACUSADOS: OSVALDO ENRIQUE JULIO SILVA y BORIS ANDRE SOLAR CONTRERAS. FISCAL: Alvaro Mansilla Maldonado DEFENSORA: Manuela Vitolo Camiruaga Valparaíso, nueve de julio dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cinco de julio del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Ju

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