Juzgado de Garantía de Lautaro.

MP C/ MANUEL ENRIQUE PINILLA CALFUNAO

Rol

O-817-2024

Fecha

5 de julio de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento, renunciando a su derecho a un juicio oral y público. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 15, 49, 50, 66, 67, 68, 69, 70, 288 Bis y siguientes del Código Penal; artículos 392, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve : I.- Que, se condena a MANUEL ENRIQUE PINILLA CALFUNAO, Cédula de Identidad N° 12.121.310-9, ya individualizado, como autor del delito de Porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el art. 288 Bis del Código Penal, en grado de ejecución de consumado, por los hechos ocurridos el día 1 de junio del año 2024 en la comuna de Lautaro, y en consecuencia se le condena a cumplir las siguientes penas : a) Multa a beneficio fiscal equivalente a 2/3 de unidad tributaria mensual, la cual se tiene por cumplida por los 2 periodos que ha estado detenido en razón de ésta causa, entre el 1 y el 2 de junio del año 2024 y entre el 4 de junio de 2024 y el día de hoy. b) Comiso y destrucción de la especie incautada. II.- Que, se exime a la condenada del pago de las costas. Se ordena dar cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan en este acto notificados los intervinientes presentes en la audiencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC : 2410026183-5. RIT : 817-2024. Código: XERXXNXENR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dirigió la audiencia y resolvió - ETIENNE FELLAY BERTHOLET. Código: XERXXNXENR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-09T11:47:33-0400

Fallo

se resuelve : I.- Que, se condena a MANUEL ENRIQUE PINILLA CALFUNAO, Cédula de Identidad N° 12.121.310-9, ya individualizado, como autor del delito de Porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el art. 288 Bis del Código Penal, en grado de ejecución de consumado, por los hechos ocurridos el día 1 de junio del año 2024 en la comuna de Lautaro, y en consecuencia se le condena a cumplir las siguientes penas : a) Multa a beneficio fiscal equivalente a 2/3 de unidad tributaria mensual, la cual se tiene por cumplida por los 2 periodos que ha estado detenido en razón de ésta causa, entre el 1 y el 2 de junio del año 2024 y entre el 4 de junio de 2024 y el día de hoy. b) Comiso y destrucción de la especie incautada. II.- Que, se exime a la condenada del pago de las costas. Se ordena dar cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan en este acto notificados los intervinientes presentes en la audiencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC : 2410026183-5. RIT : 817-2024. Código: XERXXNXENR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dirigió la audiencia y resolvió - ETIENNE FELLAY BERTHOLET. Código: XERXXNXENR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-09T11:47:33-0400

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Lautaro., cinco de julio de dos mil veinticuatro Magistrado ETIENNE FELLAY BERTHOLET Fiscal CRISTINA CELEDON ROJAS Defensor ROBERTO WINTER PEREZ Hora inicio 01:25PM Hora termino 01:31PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Lautaro. Acta Paulo Mena RUC 2410026183-5 RIT 817 – 2024 Delito Porte de arma cortante o punzante NOMBR

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