1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

MANTOS COPPER S.A/

Rol

V-558-2020

Fecha

28 de abril de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 25 de septiembre de 2020, a las 09:51 horas, comparece don HERNAN MONTES FIGUEROA, chileno, casado, abogado, Cedula de identidad N° 8.966.205-2, en representación según se acreditará de "MANTOS COPPER S.A.", sociedad Chilena del giro minero, rol único tributario N° 77.418.580-1, ambos domiciliados en Panamericana Norte Kilómetro 1.405, sin número, Antofagasta, solicita concesión minera de exploración minera sobre terrenos concesibles ubicados en la comuna de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Segunda Región de Antofagasta, denominada "ROSARIO I 126", El Punto Medio de la cara superior de la concesión que se solicita está ubicado en las coordenadas U.T.M. Norte: 7.382.500,00 metros, Este: 400.500,00 metros, todas referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956. Elipsoide Internacional de referencia 1924, Huso 19. El pedimento solicitado tendrá la forma de un Rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M medirán 1.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros, encerrando una superficie total de 300 hectáreas., SEGUNDO: Que, con fecha 06 de octubre de 2020, el pedimento minero referido fue inscrito a fojas 4451, bajo el N°2461 del año 2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta.- TERCERO: Que, con fecha 26 de octubre de 2020, el pedimento minero fue publicado en el Boletín Oficial de Minería de Antofagasta en su edición N° 42.789.- CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Ord. N° 0281 de fecha 15 de enero de 2021, emitió informe señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. La forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido.- QUINTO: Que, las coordenadas U.T.M. del punto medio

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 34, 35, 37, 43, 46, 52, 55, 56, 87, 89 y 90 del Código de Minería. SE DECLARA: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada "ROSARIO I 126", con una superficie de 300 hectáreas a favor de MANTOS COPPER S.A. II.- Que, se aprueba el plano de la concesión minera de exploración denominada "ROSARIO I 126". III.- Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería en el término de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución.- IV.- Inscríbase la presente sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de la ciudad de Antofagasta y archívese el correspondiente plano.- V.- Obténgase por el interesado, mediante el Portal Judicial, copias autorizadas de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración y copia autorizada del plano para su respectiva inscripción y archivo.- VI.- A fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería, hágase entrega al interesado del original del plano de la concesión de exploración de autos, para su presentación al Servicio de Nacional de Geología y Minería.- Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. ROL V-558-2020 Pronunciada por don ARTURO ANDRES IRIBARREN PEREZ. Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta En Antofagasta, a veintiocho de Abril de dos mil veintiuno,

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-558-2020 CARATULADO : MANTOS COPPER S.A/ Antofagasta, veintiocho de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 25 de septiembre de 2020, a las 09:51 horas, comparece don HERNAN MONTES FIGUEROA, chileno, casado, abogado, Cedula de identidad N° 8.966.205-2, en representación según se acr

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