C/ DANIEL ANTONIO CAMPOS ORELLANA
Rol
O-1677-2022
Fecha
8 de julio de 2024
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 20 de abril de 2022 siendo aproximadamente las 19:30 horas, el acusado DANIEL CAMPOS ORELLANA conducía un vehículo por av. Longitudinal con calle Marta Ossa Ruiz comuna de Maipú, sin sus placas patentes y con vidrios polarizados, siendo observado por funcionarios policiales, intentando efectuarle una fiscalización haciendo caso omiso a la orden de detenerse, iniciándose una persecución, logrando darle alcance en la calle Oceanía con pasaje Alfa Centauro, comuna de Pudahuel, donde el acusado DANIEL CAMPOS ORELLANA, detuvo su marcha y bajó rápidamente del vehículo, arrojando al piso un arma de fuego tipo revolver, marca Taurus, calibre .32 largo, número de serie 569965, el cual mantenía en el interior del cilindro 01 cartucho calibre .32 auto, sin percutar, apta para el disparo como arma de fuego convencional y sin contar con permiso para el porte o tenencia de armas de fuego ni municiones. SE DECLARA: I.- Que se condena a DANIEL ANTONIO CAMPOS ORELLANA, cédula de identidad número 17.108.877-1, a sufrir la pena de Tres años y Un Día de Presidio menor en grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor de un delito de Porte ilegal de arma de fuego, Código: DCXTXXQXXKR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cometido el 20 de abril del año 2022, en la jurisdicción de éste Tribunal. II.- Que la pena privativa impuesta deberá ser de carácter efectiva por no concurrir requisitos ley 18.216, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva por esta causa entre el 21 de abril de 2022 y el día de hoy ambas fechas inclusive, por un total de 809 días. III.- Que se decreta el comiso de las especies que sirvieron para la comisión del ilícito. IV.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento, se exime al sentenciado del pago de las c
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a DANIEL ANTONIO CAMPOS ORELLANA, cédula de identidad número 17.108.877-1, a sufrir la pena de Tres años y Un Día de Presidio menor en grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor de un delito de Porte ilegal de arma de fuego, Código: DCXTXXQXXKR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cometido el 20 de abril del año 2022, en la jurisdicción de éste Tribunal. II.- Que la pena privativa impuesta deberá ser de carácter efectiva por no concurrir requisitos ley 18.216, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva por esta causa entre el 21 de abril de 2022 y el día de hoy ambas fechas inclusive, por un total de 809 días. III.- Que se decreta el comiso de las especies que sirvieron para la comisión del ilícito. IV.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento, se exime al sentenciado del pago de las costas. Tómese muestra biológica al sentenciado para determinación de Huella Genética, hecho, inclúyasela en el Registro de Condenados. La oportunidad de la diligencia será coordinada por el organismo encargado de velar por el cumplimiento de la sanción principal, Gendarmería de Chile. Habiendo las partes renunciado a recursos y plazos cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, ocho de julio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: PRIMER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: LILIAN SÁEZ LEMARI (S) RUC: 2200381179-8 RIT: 1677-2022 IMPUTADO: DANIEL ANTONIO CAMPOS ORELLANA C.I. 17.108.877-1 FECHA DE NAC. DIRECCION COMUNA: DELITO PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO ARTICULO Artículo 9° en relación al 2° ley
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