CARLOS ALBERTO LÓPEZ VALENZUELA C/ VÍCTOR ANDRÉS LARRAÍN SUAZO
Rol
O-184-2024
Fecha
8 de julio de 2024
Materia
CONDUC.EBRIEDAD RESUL.MUERTE ART.196 INC.3LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, conformada por don Hugo Espinoza Castillo, en calidad de Juez Presidente, don Julio Castillo Urra, como Juez Redactor y por doña Flavia Donoso Parada, en calidad de Tercer Juez Integrante, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa RIT N°184–2024, seguida en contra del acusado VICTOR ANDRES LARRAÍN SUAZO, Cédula Nacional de Identidad N°17.490.243-7, nacido en Santiago, el 18 de septiembre de 1990, de 33 años, soltero, mecánico, domiciliado en calle Yungay N°1651, comuna de Cartagena, representado por el Defensor Penal Público don Mauricio Badilla San Juan. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal Marcelo Apablaza Veliz y la parte querellante estuvo representada por el abogado don Néstor Enrique Murillo Ulloa. SEGUNDO: Que, los hechos y circunstancias materia de la acusación presentada por la Ministerio Público contenida en el auto de apertura del juicio oral, son los siguientes: “El día 25 de Noviembre de 2020, alrededor de las 21:20 horas, en circunstancias que el imputado VICTOR LARRAIN SUAZO conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente única RJ-4901 por Avenida Central Cardenal Raúl Silva Henríquez en dirección al norte, al llegar a la intersección de Pasaje 3 Sur, comuna de Lo Espejo, al no estar atento a las condiciones del tránsito del momento realizó una maniobra indebida de adelantamiento a un móvil no identificado que lo antecedía en la vía, sobrepasando el eje de la calzada demarcada con doble línea continua, obstruyéndole de esta forma la libre circulación a la motocicleta placa patente única JKL-047 conducida por la víctima Paulo Cesar López Navarrete quien lo hacía por Avenida Central Cardenal Raúl Silva Henríquez en dirección al norte y gozaba de derecho preferente de paso, colisionando ambos vehículos. A raíz de lo señalado, López Navarrete resultó con lesiones de tal gravedad que le ocasionaron la muerte. Posteriormente, al llegar personal de Carabineros al lugar del accidente se percataron que el imputado, ya individualizado, se encontraba en manifiesto Código: SCFSXXBFYTQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 estado de ebriedad, debido a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, por lo que se le practicó el examen de alcoholemia pertinente, el cual arrojó un resultado de 0.88 gr/mil de alcohol en la sangre.” A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran el delito consumado de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, previsto en el artículo 110 y sancionado en el artículo 196, ambos de la Ley 18.290, atribuyéndole al acusado una participación en calidad de autor, por haber tomado parte en la ejecución del ilícito de una manera inmediata y directa, de conformidad con lo dispuesto en los artícu
Fallo
por tanto, ella tenía que efectuar los trámites en los corrales municipales y que el vehículo estaba con la documentación vencida. Por ese motivo la contactaron para en definitiva poder sacarlo de dicho lugar. Este automóvil era de la marca Hyundai, modelo Accent. Señaló que, igualmente le correspondió tomar declaración al testigo a quien habían vendido el automóvil en su oportunidad, el cual señaló que lo utilizaba en la Código: SCFSXXBFYTQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 18 ciudad de Santiago, para ir a su trabajo en la comuna de Cerrillo, pero llegó un momento en el cual este vehículo quedó con desperfectos, motivo por el que lo mantenía estacionado afuera de su casa. En un momento otra persona le ofertó un dinero por el automóvil, a lo cual le accedió a venderlo, sin efectuar el trámite legal de la transferencia tampoco. Señaló que, la madre del imputado se contactó con el segundo poseedor del vehículo, el a su vez tomó contacto con la propietaria inscrita para retirar de corrales el vehículo una vez que ya había sucedido el hecho. Esta persona se llamaba Nancy quien además le dijo que, efectivamente su hijo había participado de un accidente de tránsito y que luego del hecho trató de ubicar a los propietarios del vehículo para tratar de retirarlo de los corrales municipales y reconoció que había comprado el vehículo y que posteriormente se lo había pasado a su hijo sin papeles de transferencia. Refir
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1 RUC N° 2001.210.892-4 RIT N°184-2024 C/ VICTOR ANDRES LARRAÍN SUAZO Santiago, ocho de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, conformada por don Hugo Espinoza Castillo, en calidad de Juez Presidente, don Julio Castillo Urra, como Juez Redactor y por doña Flavia Donoso Parada, en calidad de Terc
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