26º Juzgado Civil de Santiago

VARGAS/

Rol

V-8-2021

Fecha

26 de abril de 2021

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece don PEDRO RODOLFO VARGAS SILVA, casado, jubilado, domiciliado en Manchester #479, comuna de Maipú, Región Metropolitana, y expone: Que por medio de este acto viene en solicitar se declare el extravío de los documentos bancarios, al efecto señala: Que es dueño y titular de los siguientes tres vale vistas en pesos: 1.- Por un monto de $10.000.000 (diez millones de pesos), número 02604001 correspondiente al Banco Falabella; 2.- Por un monto de $2.000.000 (dos millones de pesos), número 02604002 correspondiente al Banco Falabella y 3.- Por un monto de $4.000.000 (cuatro millones de pesos), número 02582500 correspondiente al Banco Falabella. Los tres con cargo a su propia cuenta corriente y que es del caso señalar que, extravió los documentos la semana de las fiestas, entre navidad y año nuevo, y por tal razón es que solicitó a la institución bancaria el bloqueo, con fecha 29 de Diciembre del año 2020, razón por la que solicita al Tribunal se sirva declarar judicialmente el extravío de los documentos bancarios en conformidad al artículo 88 y siguientes de la ley N° 18.092. Previas citas legales, termina solicitando se declaren extraviados los documentos individualizados precedentemente, se instruya no efectuar el pago de los mismos, dejando sin efecto las copias extraviadas, ordenando la reconstitución del mismo documento con la emisión de un duplicado de los Foja: 1 vale vistas originales con mérito de una copia autorizada de la sentencia para que se le permita ejercer los derechos que le corresponden. Con fecha 05 de febrero de 2021, consta haberse notificado por el ministro de fe don Jorge Leiva Franco a don SERGIO MUÑOZ GÓMEZ, en representación de BANCO FALABELLA Con fecha 1° de marzo de 2021, consta haberse publicado la solicitud en el Diario Oficial. Con fecha 05 de abril de 2021 la Sra. Secretaria certificó que transcurridos los plazos legales, no consta oposición a la solicitud, ni que terceros hayan hecho valer derechos respecto de los docume

Fundamentos

CONSIDERANDO: El mérito de los antecedentes y las constancias señaladas precedentemente, las que constan en el sistema computacional de la Oficina Judicial Virtual, y no habiendo comparecido terceros alegando derechos, se tiene por acreditado el extravío de los documentos mercantiles que a continuación se individualizan: 1.- Por un monto de $10.000.000 (diez millones de pesos), número 02604001 correspondiente al Banco Falabella; 2.- Por un monto de $2.000.000 (dos millones de pesos), número 02604002 correspondiente al Banco Falabella y 3.- Por un monto de $4.000.000 (cuatro millones de pesos), número 02582500 correspondiente al Banco Falabella. Y visto además lo dispuesto en los artículos 817, 819, 826 del Código de Procedimiento civil y los artículos 88, 89, 90 y 92 de la Ley N° 18.092,

Fallo

se declara: Que se autoriza a don PEDRO RODOLFO VARGAS SILVA, para que ejerza los Foja: 1 derechos que como titular y dueño de los documentos precedentemente individualizados le corresponden y para cuyo efecto se ordena dar copia autorizada de esta sentencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley N° 18.092. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiséis de Abril de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-26T08:07:35-0400

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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-8-2021 CARATULADO : VARGAS/ Santiago, veintiséis de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: Comparece don PEDRO RODOLFO VARGAS SILVA, casado, jubilado, domiciliado en Manchester #479, comuna de Maipú, Región Metropolitana, y expone: Que por medio de este acto viene en solicitar se declare el ext

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