Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MP C/ MATÍAS NICOLÁS CARRUESCO AHUMADA

Rol

O-202-2022

Fecha

8 de julio de 2024

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 06 de Septiembre de 2021, siendo las 23:30 hrs., en calle El Vergel sector alto del Cerro La Cruz, de Valparaíso, los acusados MATIAS NICOLAS CARRUESCO AHUMADA, CESAR STEVEN SANTANDER GUZMAN e ISMAEL ALEJANDRO FUENTES SANTANDER, fueron sorprendidos por funcionarios de Carabineros, teniendo en su poder y circulando a bordo del automóvil marca Peugeot modelo 605 color gris, el cual no mantenía su placa patente trasera a la vista, por lo cual se le indicó al conductor, el acusado Ismael Fuentes Santander, que se detuviera, percatándose Carabineros que en la parte interior costado derecho parte baja del parabrisas delantero, mantenía inscrita la PPU RF-3487, que no es la del vehículo en que se desplazaban los acusados, ya que corresponde a un auto marca Daewoo modelo Tico año 1998, verificando que el vehículo en que se desplazaban le corresponde la PPU kl-4807, automóvil de Propiedad de Carlos Matamala Acuña, el cual mantenía encargo vigente por el delito de Hurto de fecha 3 Septiembre de 2021, conociendo los acusados o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo.” Código: DHCXXXCDKRQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos de los delitos consumados de receptación de vehículo motorizado del artículo 456 bis A del Código Penal, y de conducción de vehículo motorizado con su PPU falsa o correspondiente a otro vehículo previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N° 18.290, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor directo según lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 Código Penal en ambos ilícitos. Estima el persecutor que respecto del encartado concurre la circunstancia del artículo 11 N°6 del Código Penal, solicitando, en definitiva, se le imponga la pena de 3 año

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes. Que el día tres de julio de dos mil veinticuatro, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por los jueces don Williams Vilches Flores, quien presidió la audiencia, doña Analía Rojas Zamora y doña Leonor Cohen Briones, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa R.U.C. N° 2100809093-6, R.I.T. N° 202-2022, seguida en contra de ISMAEL ALEJANDRO FUENTES SANTANDER, RUT 17.475.539-6, nacido el 4 de julio de 1990 en Valparaíso, 33 años, soltero, comerciante ambulante, estudios superiores incompletos, domiciliado en calle Azorín N° 53 a 83, cerro La Cruz, Valparaíso. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Ignacio Rivera Aguirre. La Defensa del acusado estuvo a cargo de la abogada de la Defensoría Penal Pública doña Manuela Vitolo Camiruaga, cuyos antecedentes se encuentran registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 06 de Septiembre de 2021, siendo las 23:30 hrs., en calle El Vergel sector alto del Cerro La Cruz, de Valparaíso, los acusados MATIAS NICOLAS CARRUESCO AHUMADA, CESAR STEVEN SANTANDER GUZMAN e ISMAEL ALEJANDRO FUENTES SANTANDER, fueron sorprendidos por funcionarios de Carabineros, teniendo en su poder y circulando a bordo del automóvil marca Peugeot modelo 605 color gris, el cual no mantenía su placa patente trasera a la vista, por lo cual se le indicó al conductor, el acusado Ismael Fuentes Santander, que se detuviera, percatándose Carabineros que en la parte interior costado derecho parte baja del parabrisas delantero, mantenía inscrita la PPU RF-3487, que no es la del vehículo en que se desplazaban los acusados, ya que corresponde a un auto marca Daewoo modelo Tico año 1998, verificando que el vehículo en que se desplazaban le corresponde la PPU kl-4807, automóvil de Propiedad de Carlos Matamala Acuña, el cual mantenía encargo vigente por el delito de Hurto de fecha 3 Septiembre de 2021, conociendo los acusados o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo.” Código: DHCXXXCDKRQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos de los delitos consumados de receptación de vehículo motorizado del artículo 456 bis A del Código Penal, y de conducción de vehículo motorizado con su PPU falsa o correspondiente a otro vehículo previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N° 18.290, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor directo según lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 Código Penal en ambos ilícitos. Estima el persecutor que respecto del encartado concurre la circunstancia del artículo 11 N°6 del Código Penal, solicitando, en definitiva, se le imponga la pena de 3 años y 1 día de presidio menor

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 6, 11 N°9, 14, 15 Nº 1, 30, 49, 456 bis Nº 3 del Código Penal; artículos 1, 4, 45, 48, 295, 297, 325 y siguientes, 339, 340, 341, 342, 343, 347 y 348 del Código Procesal Penal; artículo 192 de la Ley N°18.290, y artículos 1 a 5 de la Ley N°18.216; y Acuerdo de Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias de los Tribunales de la Reforma Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se absuelve a Ismael Alejandro Fuentes Santander, cédula de identidad N° 17.475.539-6, de la imputación de la acusación fiscal de autor del delito consumado, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N°18.290, supuestamente descubierto en esta ciudad el día 6 de septiembre de 2021. II.- Que se condena a Ismael Alejandro Fuentes Santander, cédula de identidad N° 17.475.539-6, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un día de presidio menor en su grado medio, multa de cuatro unidades tributarias mensuales y accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A) del Código Penal, descubierto en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 6 de septiembre de 2021, sin costas. Para el pago de la multa se conceden doce cuotas conforme lo indicado en el motivo décimoquinto de esta senten

Texto Completo (Preview)

1 Acusado: ISMAEL ALEJANDRO FUENTES SANTANDER Delito: Receptación de vehículo motorizado y conducción con patente de otro vehículo RUC N° 2100809093-6 RIT Nº: 202-2022 Valparaíso, ocho de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes. Que el día tres de julio de dos mil veinticuatro, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valpar

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