Juzgado de Letras de Villa Alemana

ORTIZ/MUNICIPALIDAD VILLA ALEMANA

Rol

C-3582-2020

Fecha

23 de abril de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, mediante presentaci n de 14 de diciembre de 2020, comparece do aó ñ VIRGINIA DEL CARMEN ORTIZ BERNAL, asistente de p rvulos, domiciliada ená calle Mar a Mercedes N 1482, Block 1, departamento 202, Villa Alemana, quiení º interpone demanda de prescripci n extintiva, en contra de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA, representada por su Alcalde, don José Sabat Marcos, ambos domiciliados en calle Buenos Aires N 850, de esta ciudad, a fin° que se declare la prescripci n de la deuda que se le imputa por concepto de derechos deó aseo domiciliario, correspondientes al inmueble correspondiente al ubicado en Pasaje Jos Joaqu n Prieto N 283, Villa Alemana.é í º Funda su demanda se alando que el inmueble antes singularizado, se encontrar añ í con deudas por derechos de aseo domiciliario, desde el 30 de junio del a o 2006 hastañ noviembre del a o 2013, seg n da cuenta certificado de deuda extendido por lañ ú Direcci n de Rentas Municipales, Unidad de Rentas, de la Ilustre Municipalidad deó Villa Alemana. Afirma que dichas obligaciones se encuentran prescritas, conforme a lo establecido en el art culo 2521 del C digo Civil, el cual dispone que prescriben en elí ó plazo de tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco, de las Municipalidades,ñ provenientes de toda clase de impuesto. Solicita se tenga por interpuesta demanda de prescripci n en contra de la Ilustreó Municipalidad de Villa Alemana, ya individualizada, acogerla a tramitaci n y, enó definitiva, se declare que las obligaciones, ya mencionadas anteriormente, se encuentran prescritas. Al folio 5, mediante presentaci n de 12 de enero de 2021, se comparece enó representaci n de la I. Municipalidad de Villa Alemana, contestando la demanda,ó solicitando su total rechazo, con costas. Sostiene en primer lugar que el art culo 6 , inciso primero, del decreto ley Ní ° ° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, dispone que el servicio municipal de extracci n de residuos s lidos domiciliarios s

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece do añ VIRGINIA DEL CARMEN ORTIZ BERNAL quien interpone demanda de prescripci n extintiva, en contra de laó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA, a fin de que se declare la prescripci n de la deuda que se le imputa por concepto de derechos de aseo domiciliarioó del inmueble ubicado en Pasaje Jos Joaqu n Prieto N 283, Villa Alemana, comprendidaé í º C-3582-2020 por el per odo transcurrido entre el 30 de junio del a o 2006 hasta el 30 de noviembreí ñ del a o 2013, en atenci n a los fundamentos ya se alados en la parte expositiva delñ ó ñ presente fallo. SEGUNDO: Que a folio 5, la demandada contest la demanda, solicitando suó rechazo en todas sus partes, con costas, de conformidad a los argumentos ya indicados en la parte expositiva del presente fallo. TERCERO: Que a folio 17, se recibi la causa a prueba fij ndose como hechoó á substancial, pertinente y controvertido, el siguiente: Efectividad de haber transcurrido“ ininterrumpidamente el plazo de prescripci n de las acciones y derechos para perseguiró deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a los per odosí comprendidos entre el 30 de junio del a o 2006 hasta el 30 de noviembre del a oñ ñ 2013 .” CUARTO: Que la parte demandante, en apoyo de su pretensi n procesal,ó rindi nicamente prueba documental, la cual se encuentra digitalizada en carpeta deó ú documentos a folio 1: 1.- Copia de estado cuenta corriente - derechos de aseo domiciliario , emitido“ ” por la Direcci n de Rentas Municipales de la I. Municipalidad de Villa Alemana, de 28ó de octubre de 2020. Correspondiente a la direcci n de Pasaje J J Prieto CS 4, Villaó Alemana, rol de aval o 0080100719.ú 2.- Copia simple de inscripci n de fojas 672 N 1137 del Registro de Propiedadó ° del a o 2012 del Conservador de Bienes Ra ces de Villa Alemana.ñ í QUINTO: Que, la demandada no rindi prueba dentro del t rmino legal.ó é SEXTO: Que conforme establece el art culo 1698 del C digo Civil, incumbeí ó probar las obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o sta. Bajo este par metro,ó é á analizados los medios de prueba y antecedentes allegados a la causa, de conformidad a los par metros que para esos efectos disponen los art culos 341, 342, 346 y 428 delá í C digo de Procedimiento Civil, se establecen los siguientes hechos:ó 1. Que la demandante se encuentra obligada al pago de los derechos de aseo domiciliario del inmueble ubicado en Pasaje J J Prieto CS 4, comuna de Villa Alemana, cuyo rol de aval o es 0080100719.ú 2. Que se encuentran impagos la totalidad de los periodos devengados entre el 30 de junio de 2006 y el 31 de diciembre de 2020. As se desprende de la copia del documento denominado estado de deuda deí “ derechos de aseo domiciliario , emitida por la Direcci n de Rentas Municipales de la I.” ó Municipalidad de Villa Alemana -la cual no se encuentra objetada por la demandada. En dicho documento, se consigna a t tulo de nombre el de Ortiz Bernal Gabriel yí “ o

Fallo

Por estas consideraciones, se acoger la demandaá como se dir en definitiva.á Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 144, 160,í 170, 254 y siguientes, y 346 del C digo de Procedimiento Civil; y 2521 deló C digo Civil, Ley Org nica Constitucional de Municipalidades, Ley de Rentasó á Municipales, DL 3063, se resuelve: I. Que SE ACOGE la demanda de prescripci n extintiva interpuesta con fechaó 14 de diciembre de 2020, por do a ñ VIRGINIA DEL CARMEN ORTIZ BERNAL en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA, y en consecuencia, se declara la extinci n de las acciones para el cobro de derechos de aseoó domiciliarios, correspondientes a las cuotas adeudadas desde el 30 de junio del a o 2006ñ hasta el 30 de noviembre del a o 2013, relativas al inmueble ubicado enñ calle Pasaje Jos Joaqu n Prieto N 283, Villa Alemana , cuyo rol de aval o es 0080100719.é í º ú II. Que no se condena en costas a la demandada por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Pronunciada por do añ MARISOL PAZ OLIVARES BECERRA, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Villa Alemana. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Villa Alemana, veintitr s de abril de dos mil veintiunoé Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la ho

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C-3582-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Villa Alemana CAUSA ROL : C-3582-2020 CARATULADO : ORTIZ/MUNICIPALIDAD VILLA ALEMANA Villa Alemana, veintitr s de abril de dos mil veintiunoé VISTOS: A folio 1, mediante presentaci n de 14 de diciembre de 2020, comparece do aó ñ VIRGINIA DEL CARMEN ORTIZ BERNAL, asistente de p rvulos, domiciliada ená calle Mar a Mercedes N

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