MP C/ JORGE BASTIÁN MEZA BARRERA
Rol
O-39-2024
Fecha
5 de julio de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 09 de enero de 2024, aproximadamente las 03:30 horas de la madrugada, el imputado JORGE BASTIAN MEZA BARRERA ingresó al domicilio ubicado en, El Pichón N° 6, sector Caleta Angosta de la comuna de Huasco, por medio de la fuerza rompiendo la pared de la parte posterior del domicilio que corresponde a la víctima doña Jeanette Isabel Gómez Hidalgo, una vez en el interior sustrae las siguientes especies, dos focos solares, un generador marca Bauker, un bidón de 105 litros de bencina, un volante Kioto, un cilindro de gas de 5 kg, una juguera y batidora, ambas de marca somela, especies avaluadas en la suma de $ 550.000.- Posteriormente el imputado JORGE BASTIAN MEZA BARRERA ingresa a un segundo domicilio, correspondiente a la víctima don Daniel Segundo Bórquez Vargas el que se encuentra ubicado en Caleta Angosta N° 4, comuna de Huasco, quien por medio de la fuerza rompe las aldabas de la puerta de acceso al baño del inmueble, sustrayendo diversas especies desde su interior, consistentes en, dos cilindros de gas, un frigo bar, un halógeno solar, un generador marca Bauker, dos cañas de pescar y un saco de carbón, especies avaluadas en la suma de $815.000.- SE DECLARA: Código: CXXXXXHNRSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se condena a JORGE BASTIÁN MEZA BARRERA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, de DOS delitos de ROBO EN LUGAR HABITADO, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Huasco, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, HUELLA GENETICA, ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena. II. Sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo plazo de la condena en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Vallenar. Para el control de la ejecución de la pena impuesta,
Fallo
SE DECLARA: Código: CXXXXXHNRSQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se condena a JORGE BASTIÁN MEZA BARRERA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, de DOS delitos de ROBO EN LUGAR HABITADO, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Huasco, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, HUELLA GENETICA, ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena. II. Sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el mismo plazo de la condena en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Vallenar. Para el control de la ejecución de la pena impuesta, se ordena oficiar a las instituciones correspondientes, para la elaboración del plan de Intervención Individual, el cual deberá ser remitido en su oportunidad a este Tribunal y se tendrá por aprobado si no fuese objeto de observación por parte de los intervinientes. III. El sentenciado ha de quedar sujeto al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 17 de la Ley 18.216 en sus literales a) Residencia en un lugar determinado, el que podrá ser propuesto por el condenado, debiendo, en todo caso, corresponder a una ciudad en que preste funciones un delegado de libertad vigilada o de libertad vigilada intensiva. La residencia podrá ser cambiada en casos especiale
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Freirina, cinco de julio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. MAGISTRADO: PABLO MATÍAS RODRÍGUEZ BUSTOS RUC: 2400038131-0 RIT: 39 - 2024 IMPUTADO: JORGE BASTIÁN MEZA BARRERA C.I. 0017576081 -4 FECHA DE NAC. 20/04/1990.- DIRECCION Calle LAGUNA NEGRA Nº 247 COMUN A: Pudahuel. DELITO Robo en lugar
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