Juzgado de Garantía de Arica.

MARIO ALBERTO POBLETE NÚÑEZ C/ CESAR AUGUSTO SANDOVAL SAAVEDRA

Rol

O-7545-2023

Fecha

5 de julio de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 4 de enero de 2023, aproximadamente a las 20:30 horas, el acusado CESAR AUGUSTO SANDOVAL SAAVEDRA conducía en estado de ebriedad y contra el sentido del tránsito, el vehículo marca Nissan, modelo Tiida, color negro, P.P.U. GRKG.47, por calle Lincoyán en dirección al poniente, y al llegar a calle Rojas Salfate, de la ciudad de Arica, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros que realizaba patrullajes preventivos en el lugar, siendo fiscalizado, y verificando personal de Carabineros que el acusado conducía en manifiesto estado de ebriedad, lo que constó por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar y mediante la prueba respiratoria Alcotest, que arrojó como resultado 1,68 gramos de alcohol en su organismo. La ebriedad del acusado fue corroborada con posterioridad de acuerdo al respectivo informe de alcoholemia que arrojó como resultado que conducía con 1,68 gramos del alcohol por litro en su sangre. Además, el acusado conducía el referido vehículo con su licencia de conducir suspendida en virtud de la sentencia definitiva condenatoria, de fecha 22 de septiembre de 2022, dictada en causa RIT 3828-2022, RUC 2101075431-0, del Juzgado de Garantía de Arica, que dispuso la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de 2 años“. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida, sancionado en el artículo 196 y 110 de la Ley de Tránsito Nº 18.290, en relación al artículo 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal. El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación en los cuales ésta se funda, está de acuerdo en tramitar el presente asunto de conformidad a las normas del Código: DPETXXTRRJQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v

Fallo

se declara: I. Que se condena a CESAR AUGUSTO SANDOVAL SAAVEDRA, cédula de identidad N° 22.569.928-3, ya individualizado, a las penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de una unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y cancelación de la licencia de conducir, sin costas, como autor del delito consumado de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, con licencia de conducir suspendida, previsto y sancionado en el artículo 110, 196 y 209 de la Ley 18.290, hecho cometido en Arica, el día 4 de enero de 2023. II. La multa se pagará en pesos, mediante formulario N° 10 de la Tesorería General de la República y se conceden dos cuotas mensuales, iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una, debiendo acompañar comprobante de pago al Tribunal, dentro de cinco días. Si no la pagare, será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. III. Que reuniéndose los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial nocturna domiciliaria, con sistema de monitoreo telemático, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas de la mañana del día siguiente, por el mismo tiempo de la condena, debiendo comenzar el cumplimiento dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia. Si dicha pena sustitutiva fuere revocada, deberá cumplir efectivamente la pena corporal, sin abono

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Magistrado ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS Fiscal ERIKA ROMERO VELÁSQUEZ Defensa GINGER RIFFO GAETE Tipo Audiencia Preparación de juicio oral. Hora inicio 10:48 Hora termino 11:10 Sala 5 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2300044806-0-992-240705-00-20- PJOR ASB VPG 7545 2023 Acta vpg RUC 2300044806-0 RIT 7545 -

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