MP C/ RICARDO ANDRÉS BARRAZA CARTAGENA
Rol
O-4520-2023
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS HECHO 1 El día 8 de mayo de 2022, a las 19:30 hrs aprox, la victima Renato Mitinelli Rojas concurre al aeropuerto AMB ubicado en Pudahuel, y mientras se encontraba en la puerta de embarque C11 esperando para embarcar, se le acerca el imputado Ricardo Barraza Cartagena, el cual momentos antes había observado revisando el equipaje de una pasajera y el cual portaba una tarjeta que señalaba ser de seguridad aeroportuaria, el cual le solicita su pasaporte, y le solicita revisar el equipaje, revisando la mochila que portaba la victima señalándole que requería revisar en la oficina el pasaporte y dinero en efectivo que portaba la victima equivalente a 1516 dólares,, al volver le devuelve solo el pasaporte, señalándole que el dinero estaba siendo revisado, apropiándose con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño del monto antes indicado, equivalente en moneda nacional a $ 1.400.000 HECHO 2 El día 11 de mayo de 2022, la victima José Ignacio Contreras Cortes concurre al aeropuerto AMB ubicado en Pudahuel, y mientras se encontraba en la puerta de embarque esperando para embarcar un vuelo con destino a Nueva York, se le acerca el imputado Ricardo Barraza Cartagena, el cual portaba una tarjeta que señalaba ser de seguridad aeroportuaria, el cual le solicita su pasaporte, y le solicita revisar el equipaje, revisando la mochila que portaba la victima señalándole que requería revisar en la oficina el pasaporte y dinero en efectivo que portaba la victima equivalente a 100 dólares y 150 euros,, al volver le devuelve solo el pasaporte, señalándole que el dinero estaba siendo revisado, apropiándose con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño del monto antes indicado, equivalente en moneda nacional a $ $ 263400 Es por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los Arts. 1, 3, 7, 11 número 9, 15, 21, 30, 49, 51, 67 (68), 69, 70, 432, 446 N°2 del Código Penal; Arts. 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA:
Fallo
por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los Arts. 1, 3, 7, 11 número 9, 15, 21, 30, 49, 51, 67 (68), 69, 70, 432, 446 N°2 del Código Penal; Arts. 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se condena a RICARDO ANDRES BARRAZA CARTAGENA, ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de hurto del artículo 446 N° 2 del Código Penal, perpetrado en la comuna de Pudahuel el día 8 de mayo de 2022, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que, se condena a RICARDO ANDRES BARRAZA CARTAGENA, ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo Código: PZWTXXQXXJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de hurto del artículo 446 N° 2 del Código Penal, perpetrado en la comuna de Pudahuel el día 11 de mayo de 2022, en grado de desarrollo de consumado. III.- Se concede el plazo de 30 días para pagar las multas impuestas. IV.- Se sustituye el cumplimiento de las penas corporales impuestas por la R
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 1° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RIT : 4520-2023 RUC : 2200458357-8 IMPUTADO : RICARDO ANDRES BARRAZA CARTAGENA. CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 16.804.154-3 DOMICILIO: RÍO MAULE Nº 1050, LA GRANJA. DEFENSOR: TANIA GUZMAN. FISCAL: DANIEL CONTRERAS. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO. DELITO: HURTO 446 N° 2. MODIFICATORIAS: 11 N° 6 Y 9 CÓDIGO PENAL. Santiago, tres de julio de dos mil veinticuatro. HE
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