JOEL ANDRES VALLEJOS CARRILLO C/ MARÍA TERESA ROJAS OYARZO
Rol
O-714-2019
Fecha
4 de julio de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Hecho 1: “El día 4 de diciembre de 2017 a eso de las 19.30 horas, en circunstancias que la víctima Joel Andrés Vallejos Carrillo transitaba por Avenida Circunvalación Sur a la altura del N°2727, fue interceptado por dos personas, uno de ellos la imputada MARÍA TERESA ROJAS OYARZO. El hombre desconocido que acompañaba a Rojas Oyarzo, tomó a la víctima por la espalda afirmándole los brazos mientras le indicaba en tono amenazante “que no haga nada si no perdería”, aprovechando dicha circunstancia Rojas Oyarzo para sacar de uno de los bolsillos del pantalón de la víctima su billetera desde la cual sustrajeron $30.000 en dinero en efectivo, para luego huir la imputada junto al sujeto desconocido del lugar con la especie en su poder”. Hecho 2: “El día 8 de enero de 2018 siendo aproximadamente las 22.00 horas, en circunstancias que la víctima Joel Andrés Vallejos Carrillo se encontraba acostado en su domicilio particular ubicado en calle Julio Jaramillo N°842 de Valdivia, llegó hasta el lugar la imputada MARÍA TERESA ROJAS OYARZO, bajo los efectos de drogas, quien una vez al interior del inmueble y sin que la víctima se percate, le sustrajo con ánimo de lucro y contra su voluntad la suma de $800.000 en dinero en efectivo que la víctima mantenía en su poder por la venta de una casa y que se encontraban al interior del bolsillo un Código: XXXXXXKEHXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pantalón sobre la cama. La imputada huyó del lugar en dirección desconocida con el dinero de propiedad de la víctima en su poder”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N°1800034159-9, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°16, 14, 15, 49, 70, 296 N°3, 432, 446 N°3 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°16, 14, 15, 49, 70, 296 N°3, 432, 446 N°3 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 8 y 24 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a María Teresa Rojas Oyarzo, C.I. N°18.886.752-9, nacido el 26 de febrero de 1994, domiciliada en Circunvalación Sur Nº2757, Valdivia, a sufrir las siguientes penas: I.1.- Dos penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, multa de tres (3) U.T.M., por su responsabilidad como autora de sendos delitos de hurto simple, ejecutados con fechas 4 de diciembre de 2017 y 8 de enero de 2018, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de víctima Joel Andrés Vallejos Carrillo. I.2.- La pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de amenazas no condicionales, ejecutado con fecha 4 de diciembre de 2017, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de víctima Joel Andrés Vallejos Carrillo. II.- Se concede a la sentenciada María Teresa Rojas Oyarzo, la pena sustitutiva de la reclusión parcial nocturna en recinto de Gendarmería de Chile por mismo término de la condena, esto es 183 días, computándose un día por Código: XXXXXXKEHXP Este documento tiene firma electró
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, cinco de julio de dos mil veinticuatro Hechos: Hecho 1: “El día 4 de diciembre de 2017 a eso de las 19.30 horas, en circunstancias que la víctima Joel Andrés Vallejos Carrillo transitaba por Avenida Circunvalación Sur a la altura del N°2727, fue interceptado por dos personas, uno de ellos la imputada MARÍA TERESA ROJAS OYARZO. El hombre desconocido
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