MP C/ JONATHAN DAVID FUENTES
Rol
O-10094-2023
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos ni la participación ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido lo resuelto, deben quedar sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado, ordenándose la inmediata libertad del requerido. III.- Que, habiendo sido absuelto el imputado, queda exento del pago de las costas de la causa. En cuanto al Ministerio Público, no se le condenará a ellas por estimarse que obró en el imperativo establecido en su Ley Orgánica respecto de la persecución penal. IV.- En cuanto a la querellante, atendida su nula colaboración con la justicia en cuanto formula querella, luego sin justificación plausible no acompaña la prueba de cargo, se le condena a tienda FALABELLA al pago de las costas de la causa, más cuando el requerido permaneció privado de libertad por éstos antecedente. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada que sea esta resolución archívese por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. Código: TCPPXXFHMNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: TCPPXXFHMNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-05T12:58:39-0400
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a JONATHAN DAVID FUENTES, ya individualizado, de los cargos formulados de ser autor de un delito de hurto simple en perjuicio de tienda FALABELLA de Viña del Mar, por no haberse acreditado los hechos ni la participación ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido lo resuelto, deben quedar sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado, ordenándose la inmediata libertad del requerido. III.- Que, habiendo sido absuelto el imputado, queda exento del pago de las costas de la causa. En cuanto al Ministerio Público, no se le condenará a ellas por estimarse que obró en el imperativo establecido en su Ley Orgánica respecto de la persecución penal. IV.- En cuanto a la querellante, atendida su nula colaboración con la justicia en cuanto formula querella, luego sin justificación plausible no acompaña la prueba de cargo, se le condena a tienda FALABELLA al pago de las costas de la causa, más cuando el requerido permaneció privado de libertad por éstos antecedente. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada que sea esta resolución archívese por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. Código: TCPPXXFHMNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: TCPPXXFHMNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-05T12:58:39-0400
Texto Completo (Preview)
Fecha Viña del Mar., dos de julio de dos mil veinticuatro RUC 2301268643-9 RIT 10094 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JONATHAN DAVID FUENTES 0028293601- 1 Sector Placeres Pasaje La Pirca Block 15 Dpto. Nº 34 Valparaíso. SENTENCIA Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto, además,
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