PINO/
Rol
V-16-2021
Fecha
22 de abril de 2021
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Visto Comparece Felipe Ignacio Pino Aldunate, ingeniero, cédula de identidad N°17.188.263-K, domiciliado en calle Los Litres N°6869, comuna de La Reina, y solicita se rectifique su partida de nacimiento de la Circunscripción de Ñuñoa N°2878, año 1988, en orden a invertir sus apellidos, los cuales corresponden a “Pino Aldunate”, para quedar en definitiva inscrito como “Felipe Ignacio Aldunate Pino”, y acogerla también respecto de la inscripción de su hijo Salvador Leonardo Pino Salfatte, rectificando su partida inscrita con el N°2323 del Registro del año 2019, del Servicio de Registro Civil e Identificación de Rancagua, para quedar como “Salvador Leonardo Aldunate Salfatte”. Señala que hace 32 años que porta un primer apellido el cual no lo representa, debido a que nunca tuvo relación con él. Refiere que su madre se casó con Ignacio Pino Ocampo, quien es el padre de sus hermanos menores y éste último le otorgó su apellido, el que lleva hasta el día de hoy. Sostiene que Ignacio vivió con ellos durante un período de 10 años y luego por diferencias irreconciliables se produjo separación definitiva entre él y su madre. Destaca que a pesar de llevar su apellido, la relación que tuvo con Ignacio durante su infancia fue esquiva y distante, y posterior a la separación, el vínculo se rompió definitivamente y nunca logró identificarse con él. Foja: 1 Indica que esta situación ha sido una preocupación constante, debido a que tiene que llevar el apellido de alguien que no fue una figura paterna para él. Manifiesta que se preocupó desde la época universitaria de ser conocido como Felipe Aldunate, siendo conocido así por más de 10 años. Refiere que fue su madre la que se encargó de su crianza y formación y destaca que sería un honor llevar el apellido de su madre, como primer apellido, y el de sus hermanos, en segundo lugar, ya que considera que su crianza y educación solo se lo debe a su madre. Hace presente que durante toda su vida ha sido conocido como Felipe Aldunate P
Fundamentos
Considerando: Primero: Ha comparecido Felipe Ignacio Pino Aldunate, solicitando se rectifique su partida de nacimiento de la Circunscripción de Ñuñoa N°2.878, año 1988 en orden a invertir sus apellidos, los cuales corresponden a “Pino Aldunate”, para quedar en definitiva inscrito como “Felipe Ignacio Aldunate Pino”, y acogerla también respecto de la inscripción de su hijo Salvador Leonardo Pino Salfatte, rectificando su partida inscrita con el N°2.323 del Registro del año 2019, del Servicio de Registro Civil e Identificación de Rancagua, para quedar como “Salvador Leonardo Aldunate Salfatte”. Segundo: Para resolver el asunto sometido a conocimiento de este sentenciador y con el objeto de dar estricto cumplimiento a la Ley 17.344, se tuvo presente la siguiente prueba documental que obra en autos: 1.- Certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, Circunscripción de Ñuñoa, respecto de Felipe Ignacio Pino Aldunate, Rol Único Nacional N°, 17.188.263-K.inscrito bajo el N°2.878, con fecha 15 de diciembre de 1988; 2.- Certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, Circunscripción de Rancagua, respecto de Salvador Leonardo Pino Salfatte, Rol Único Nacional N°26.960.765-3, inscrito bajo el N°2.323, Registro S, con fecha 11 de agosto de 2019. Foja: 1 3.- Publicación electrónica realizada en el Diario Oficial con fecha 1° de marzo de 2021, del extracto de la solicitud tramitada en la presenta causa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 17.344. Tercero: El solicitante rinde información sumaria respecto de las testigos Paulina Fernanda Velásquez Romero y Carlos Alejandro Ulloa Muñoz, quienes dan cuenta que el solicitante lleva el apellido del padre biológico de sus hermanos, pero que dicha situación le produce daño a su integridad moral, por cuanto tiene una relación muy lejana con él. Añaden que el solicitante se ha hecho conocer por sus amigos y cercanos con los apellidos “Aldunate Pino”. Cuarto: El servicio manifiesta que resulta conveniente modificar la partida señalada, agregando que el solicitante no registra anotaciones en el Registro General de Condenas, remitiendo extracto de filiación y antecedentes que dan prueba de ello. Quinto: En estos autos el solicitante ha demostrado que llevar el orden de su primer apellido “Pino”, le ha causado un menoscabo moral. Sin perjuicio de ello, también acreditó haber sido conocido por más de cinco años con el nombre de “Felipe Ignacio Aldunate Pino”, todo ello de conformidad a lo dispuesto en la letra a) y b) del artículo 1° de la Ley 17.344. En consecuencia y habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley 17.344, que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica, este sentenciador acogerá la petición efectuada por el solicitante, tal como se expondrá en la parte resolutiva de esta sentencia. Y visto, además de lo previsto en la letra a) y b) del artículo 1° de la Ley 1
Fallo
se declara: Se accede a la petición efectuada por la solicitante y se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación lo siguiente: I.- Rectificar la partida de nacimiento de Felipe Ignacio Pino Aldunate, Rol Único Nacional N°17.188.263-K, inscrito bajo el N°2.878, con fecha 15 de diciembre de 1988, de Foja: 1 la Circunscripción de Ñuñoa, debiendo quedar inscrita con el nombre de “Felipe Ignacio Aldunate Pino”; II.- Rectificar la partida de nacimiento de Salvador Leonardo Pino Salfatte, Rol Único Nacional N°26.960.765-3, inscrito bajo el N°2.323, Registro S, con fecha 11 de agosto de 2019, de la Circunscripción de Rancagua, debiendo quedar inscrita con el nombre de “Salvador Leonardo Aldunate Salfatte”; Regístrese y archívese. Rol N° V-16-2021. Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintid s de Abril de dos mil veintiunoó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-22T17:42:46-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-16-2021 CARATULADO : PINO/ Santiago, veintid s de Abril de dos mil veintiunoó Visto Comparece Felipe Ignacio Pino Aldunate, ingeniero, cédula de identidad N°17.188.263-K, domiciliado en calle Los Litres N°6869, comuna de La Reina, y solicita se rectifique su partida de nacimiento de la Circu
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