Juzgado de Letras y Gar. de Panguipulli

COLLELL/

Rol

V-6-2020

Fecha

22 de abril de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que en folio 1, compareció don Rodrigo Patricio Collel Ortúzar, chileno, casado, empresario, RUN N°12.575.641-7, con domicilio en Los Conquistadores 2251, oficina 33, comuna de Providencia, Santiago, región Metropolitana, quien expuso: Que desea constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terreno semiabiertos e incultos, sobre una superficie de 200 hectáreas, su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Panguipulli, provincia de Valdivia, XIV región de los Ríos y cuyas coordenadas UTM son las siguientes: 5.600.000,00 metros Norte y 726.700,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, huso 18. Para los efectos de constituir la correspondiente concesión de exploración, solicita este pedimento que se denominará PANGUI 1. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado y el perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración en su orientación Norte-Sur UTM medirán 1.000 metros y los otros en su orientación Este-Oeste medirán 2.000 metros. Termina solicitando que de acuerdo al artículo 34 y siguientes del Código de Minería, se tenga por presentado el pedimento, ordenando su inscripción y publicación, dándole la copia autorizada correspondiente, y, en definitiva, declarar constituida a su favor la concesión minera de exploración denominada PANGUI 1. El Pedimento minero se ingresó en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial, con fecha 21 de enero de 2020, según consta en la certificación del folio 2. El Tribunal en folio 3, acogió el pedimento con fecha veintidós de enero de dos mil veinte y dispuso su inscripción y publicación. En folio 4 se agregaron los siguientes documentos: a) Formulario de Ingresos Fiscales Pago Tasa de Pedimento; b) Formulario de Pago de Patentes Concesiones Exploración; c) copia auto

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que INVERSIONES FK LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.210.870-0, no es persona jurídica impedida de obtener una concesión minera de exploración, la cual fue presentada en el Tribunal el veintiuno de enero de dos mil veinte e inscrita a fojas 2, número uno del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Panguipulli del año dos mil veinte. Segundo: Que consta en autos haberse cumplido con los trámites legales en tiempo y forma. Tercero: Que el Director Regional (S) Zona Sur del Servicio Nacional de Geología y Minería, don Raúl González Cáceres, con fecha 16 de abril de 2021, informó favorablemente respecto de la solicitud, por encontrarse conforme con las disposiciones legales vigentes, tanto los aspectos técnicos relacionados con la solicitud como el plano de la concesión; por encontrarse la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión ajustada a la ley y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. Cuarto: Que las coordenadas UTM del punto medio de la cara superior son: Norte 5.600.000,00 metros; Este 726.700,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, huso 18. La concesión de exploración se denominará PANGUI 1. Los lados orientados Norte-Sur UTM miden 1.000 metros y los lados orientados Este- Oeste UTM miden 2.000 metros, abarcando una superficie total de 200 hectáreas. Las coordenadas de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión son: V1: norte 5.600.500,00 metros y Este 725.700,00 metros; V2: Norte 5.600.500,00 metros y Este 727.700,00 metros; V3: Norte 5.599.500,00 metros y Este 727.700,00 metros; V4: Norte 5.599.500,00 metros y Este 725.700,00 metros. Quinto: Que, la relación entre el vértice 1 y el punto medio está dada por una distancia UTM de 1118,03 metros, un azimut UTM de 129,5167 grados y rumbo UTM S-70,4833 gE. Con lo relacionado y visto las normas de los artículos 43, 46 y 55 del Código de Minería; inciso 2º del artículos 14; además de artículos 16 y 17 de su reglamento,

Fallo

fallo y ordenación de publicación e inscripción conforme lo disponen los artículos 89 y 90 del Código de Minería, en favor de INVERSIONES FK LIMITADA, RUT número 78.210.870-0. La parte solicitante pidió que se dicte sentencia constitutiva de concesión de exploración denominada PANGUI 1. El Tribunal solicitó el informe a SERNAGEOMIN, en los términos del artículo 57 del Código de Minería. En folio 25, el Director Regional (S) Zona Sur de SERNAGEOMIN, informa, con fecha 16 de abril de 2021, que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. Que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. En folio 26, se ordenó traer los autos para dictar sentencia. CONSIDERANDO: Primero: Que INVERSIONES FK LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.210.870-0, no es persona jurídica impedida de obtener una concesión minera de exploración, la cual fue presentada en el Tribunal el veintiuno de enero de dos mil veinte e inscrita a fojas 2, número uno del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Panguipulli del año dos mil veinte. Segundo: Que consta en autos haberse cumplido con los trámites legales en tiempo y forma. Tercero: Que el Director Regional (S) Zona Sur del Servicio Nacional de Geología y Minería, don Raúl González Cáceres, con fecha 16

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Veintisiete 27.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Panguipulli CAUSA ROL : V-6-2020 CARATULADO : COLLELL/ Panguipulli, veintidós de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que en folio 1, compareció don Rodrigo Patricio Collel Ortúzar, chileno, casado, empresario, RUN N°12.575.641-7, con domicilio en Los Conquistadores 2251, oficina 33, comuna d

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