GUERRERO/
Rol
V-84-2019
Fecha
22 de abril de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 27-11-2019, comparece doña MARÍA SUSANA GUERRERO RAMIREZ, chilena, soltera, Run N°10.815.257-5, con domicilio en calle Lord Cochranne 989, comuna de Pitrufquén, quien viene en solicitar autorización para enajenar bien raíz, en razón de los siguientes argumentos: Expone que, de conformidad con el artículo 393 del Código Civil viene en solicitar autorización para enajenar las acciones y derechos que le corresponden a su hermana doña YASNA FABIOLA GUERRERO RAMÍREZ, Run N°19.530.029-1, sobre los sitos ubicados en Eleuterio Ramírez 980 Lote B, y Lord Cochrane 995 Lote C, ambos con acceso principal ubicado en Lord Cochrane 989, de la comuna de Pitrufquén, que componen la herencia dejada por su padre don Manuel Jesús Guerrero Moenne Loccoz, inscrita a fojas 17 vta, N°25 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén año 2016, cuya posesión efectiva se encuentra inscrita bajo el N°16.937 del año 2015, en el Servicio del Registro Civil e Identificación de Chile, y fue concedida por el Director Regional de la Regional del Región de la Araucanía, según resolución exenta N° 3.239 de fecha 30 de marzo de 2015 Refiere que, la solicitud radica en que por sentencia dictada con fecha 07 de marzo de 2017 en causa ROL V-32-2016, del Juzgado de Letras de Pitrufquén se declaró la Interdicción por demencia de su hermana YASNA FABIOLA GUERRERO RAMÍREZ, nombrándosele a ella como su curadora, y como tal le corresponde velar por su cuidado procurando darle la mejor calidad de vida posible, lo que no es factible en estos momentos puesto que la vivienda en la cual habitan su hermana, su madre y ella, ubicada en Lord Cochrane 989, de la comuna de Pitrufquén, no se encuentra en condiciones dignas para vivir, ya que fue declarada inhabitable tal como consta en certificado de Inhabitabilidad N°123, de fecha 27 de Enero de 2019, emitido por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Pitrufquén, de acuerdo al cual, la
Fundamentos
considerando quinto, la venta se deberá ajustar a lo prescrito en el artículo 394 del Código Civil esto es, en pública subasta.- Es
Fallo
por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 43, 393, 394, del Código Civil en relación con el artículo 891 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE la solicitud deducida a folio 1, con fecha 27-11-2019. En consecuencia se autoriza a doña MARÍA SUSANA GUERRERO RAMIREZ, Run N°10.815.257-5, en calidad de curadora de su hermana doña YASNA FABIOLA GUERRERO RAMÍREZ, Run N°19.530.029-1, para enajenar las acciones y derechos que a esta última le corresponden en los siguientes bienes inmuebles: a) Lote B, de una superficie de 250 m2, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en calle Eleuterio Ramírez 980, comuna de Pitrufquén, inscrito a fojas 17 vta, N°25 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, año 2016, en un precio no inferior a $24.500.000.- b) Lote C, de una superficie de 125 m2, resultante de la subdivisión de un predio de mayor extensión, ubicado en calle Lord Cochranne 995, comuna de Pitrufquén, inscrito a fojas 17 vta, N°25 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, año 2016, en un precio no inferior a $11.000.000.- II.- Que la venta se autoriza en pública subasta, y por el plazo de seis meses a contar de la fecha en que esta sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, anótese y, en su oportunidad archívese. Rol V-84-2019 Dictó don Nicolás Martínez-Conde Schell, Juez Titular del Juzgado de Letras de Pitrufquén. Se deja constancia que se d
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Pitrufquen CAUSA ROL : V-84-2019 CARATULADO : GUERRERO/ Pitrufquen, veintidós de Abril de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 27-11-2019, comparece doña MARÍA SUSANA GUERRERO RAMIREZ, chilena, soltera, Run N°10.815.257-5, con domicilio en calle Lord Cochranne 989, comuna de Pitrufquén, quien viene en solicitar
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