Juzgado de Garantía de Valparaíso.

ADOLFO DARIO ORTEGA RIVERA C/ HECTOR LUIS ZABALA OLIVARES

Rol

O-2679-2024

Fecha

2 de julio de 2024

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: El día 08 de octubre de 2023, alrededor de las 15:50 horas, funcionarios de gendarmería efectuando rondas preventivas al interior del establecimiento Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en Camino La Pólvora N°665, Valparaíso, sorprenden al imputado privado de libertad, HECTOR LUIS ZABALA OLIVARES portando y manipulando un teléfono celular marca MOTOROLA de color dorado, sin estar legal o reglamentariamente autorizado para ello. RUC 2301136988-K RIT 26 9-202 SENTENCIA C/ HÉCTOR LUIS ZABALA OLIVARES, cédula de identidad N° 15.075.823-8, domiciliado Calle David Porter N°93, Cerro Polanco, Valparaíso, a la fecha cumpliendo condena en Complejo Penitenciario de Valparaíso, Valparaíso, dos de julio de dos mil veinticuatro. Que la parte considerativa de la presente sentencia obra en el Registro Oficial de Audio; y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por todo lo anterior, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 15, 18, 11 N° 9, 304 bis del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA que: I.- Se condena a HÉCTOR LUIS ZABALA OLIVARES, cédula de identidad N° 15.0 5.823-8 ya individualizado, a la pena de CUARENTA UN ( 1) DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, a la suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de portar aparato de telecomunicación en recinto penitenciario sin autorización cometido por el sentenciado el día 08 de octubre de 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, sin costas por haber reconocido responsabilidad en los hechos. II.-Teniendo en consideración que el imputado no cuenta con los requisitos de la letra b del artículo 11 de la ley 18,216, por no haber sido aportado con esta Código: EGMSXXDDCXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fecha los antecedentes a que se refiere dicho numeral, no se le otorga pena sustitutiva y deberá el sentenciado cumplir la pena de

Fallo

SE DECLARA que: I.- Se condena a HÉCTOR LUIS ZABALA OLIVARES, cédula de identidad N° 15.0 5.823-8 ya individualizado, a la pena de CUARENTA UN ( 1) DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, a la suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de portar aparato de telecomunicación en recinto penitenciario sin autorización cometido por el sentenciado el día 08 de octubre de 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, sin costas por haber reconocido responsabilidad en los hechos. II.-Teniendo en consideración que el imputado no cuenta con los requisitos de la letra b del artículo 11 de la ley 18,216, por no haber sido aportado con esta Código: EGMSXXDDCXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fecha los antecedentes a que se refiere dicho numeral, no se le otorga pena sustitutiva y deberá el sentenciado cumplir la pena de manera efectiva a continuación de la que actualmente cumple. Ejecutoriado este fallo cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal,ofíciese al Registro Nacional de Condenas, a la Contraloría General de La Republica, y al Complejo Penitenciario de Valparaíso. Dictada por SYLVIA QUINTANA OJEDA, Juez de Garantía de Valparaíso. Código: EGMSXXDDCXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-04T13:16:17-0400

Texto Completo (Preview)

Los hechos: El día 08 de octubre de 2023, alrededor de las 15:50 horas, funcionarios de gendarmería efectuando rondas preventivas al interior del establecimiento Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en Camino La Pólvora N°665, Valparaíso, sorprenden al imputado privado de libertad, HECTOR LUIS ZABALA OLIVARES portando y manipulando un teléfono celular marca MOTOROLA de color dorado, sin e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica