C/ SANTIAGO JOSUE URRIOLA URRIOLA
Rol
O-4373-2023
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 26 de junio de 2023, a las 03:30 horas aproximadamente, el requerido SANTIAGO JOSUÉ URRIOLA URRIOLA, escaló la reja del cierre perimetral del inmueble ubicado en calle Carampangue N° 1086, Comuna de Quilicura, habitado por la víctima Susana De Las Mercedes Muñoz Muñoz. De esta forma el requerido sin autorización de su habitante, accedió hasta el sector del patio delantero de la propiedad, transgrediendo la intimidad del hogar. SE DECLARA: I. Que se condena a SANTIAGO JOSUE URRIOLA URRIOLA, ya individualizado, a la pena de multa a beneficio fiscal equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual, en calidad de autor del delito de violación de morada, cometido el día 26 de junio de 2023 en la comuna de Quilicura. II. Se declara cumplida la pena pecuniaria impuesta, abonando - previa conversión - el tiempo de privación de su libertad en esta causa con motivo de su detención el 26 de junio de 2023. III. Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Los intervinientes renuncian a los términos y recursos legales. Regístrese. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: XPWEXXBXXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XPWEXXBXXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-04T15:42:00-0400
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a SANTIAGO JOSUE URRIOLA URRIOLA, ya individualizado, a la pena de multa a beneficio fiscal equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual, en calidad de autor del delito de violación de morada, cometido el día 26 de junio de 2023 en la comuna de Quilicura. II. Se declara cumplida la pena pecuniaria impuesta, abonando - previa conversión - el tiempo de privación de su libertad en esta causa con motivo de su detención el 26 de junio de 2023. III. Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Los intervinientes renuncian a los términos y recursos legales. Regístrese. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: XPWEXXBXXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XPWEXXBXXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-04T15:42:00-0400
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Segundo Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 4º piso, Acceso o Edificio B. Centro de Justicia de Santiago SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CLAUDIA VIVIANA HERMOSILLA TORO RUC: 2300684874-5 RIT: 4373-2023 IMPUTADO: SANTIAGO JOSUE URRIO
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