Juzgado de Garantía de Quillota.

DOMINIQUE CECILIA PAREDES CISTERNAS C/ JUAN ENRIQUE LORCA CABRERA

Rol

O-2131-2023

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 12 de julio de 2023, alrededor de las 12:30 horas, el requerido JUAN ENRIQUE LORCA CABRERA, sustrajo desde el interior del local comercial “Kayser”, ubicado en calle Prat N° 131 Local B de esta ciudad, las siguientes especies: 12 sostenes de encaje color blanco, marca kayser, diferentes tallas; 10 calzones tipo pantaletas color blanco, marca Kayser diferentes tallas, las que fueron avaluadas por su dueño en la suma de $113.000 (ciento trece mil pesos), el cual en momentos de descuido sustrajo las especies, para luego huir del lugar, en dirección desconocida. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en el artículo 1, 3 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE ABSUELVE a JUAN ENRIQUE LORCA CABRERA, ya individualizado, de los hechos imputados en el requerimiento presentado por el Ministerio público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio público por haber tenido motivo plausible para litigar. Certifíquese en su oportunidad la circunstancia de encontrarse ejecutoriada esta sentencia, a fin de dar cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA NANCY AMALIA RIFFO ZUÑIGA, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR. CERTIFICADO DE EJECUTORIADO Habiendo las partes renunciado a los plazos legales para interponer recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada. Código: XQQCXXHCBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XQQCXXHCBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-04T12:01:40-0400

Fallo

se declara: I.- Que SE ABSUELVE a JUAN ENRIQUE LORCA CABRERA, ya individualizado, de los hechos imputados en el requerimiento presentado por el Ministerio público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio público por haber tenido motivo plausible para litigar. Certifíquese en su oportunidad la circunstancia de encontrarse ejecutoriada esta sentencia, a fin de dar cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA NANCY AMALIA RIFFO ZUÑIGA, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR. CERTIFICADO DE EJECUTORIADO Habiendo las partes renunciado a los plazos legales para interponer recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada. Código: XQQCXXHCBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XQQCXXHCBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-04T12:01:40-0400

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2300757523-8 RIT: 2131 - 2023 CONDENADO: JUAN ENRIQUE LORCA CABRERA RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0021490677-5 CALLE MAIPU 689, QUILLOTA DELITO: HURTO SIMPLE PROCEDIMIENTO JUICIO SIMPLIFICADO Quillota, cuatro de julio de dos mil veinticuatro HECHOS: El día 12 de julio de 2023, alrededor de las 12:30 horas, el requerido JUAN ENRIQUE LORCA CABRERA, sustrajo d

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