EDUARDO ANTONIO NUÑEZ LARA C/ ANÍBAL MAURICIO PÉREZ VALDIVIA
Rol
O-560-2023
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El 27 de julio de 2022, a las 12.35 horas aproximadamente, el acusado Aníbal Mauricio Perez Valdivia, fue sorprendido por Carabineros en calle Manuel Rodríguez esquina cuatro esquinas Hijuelas, cuando se aprestaba a conducir en estado de ebriedad, esto es con 1.78 gramos por mil en la sangre, y sin haber obtenido licencia de conducir, la motocicleta eléctrica marca Mayfer, modelo BL-22 48V/12 AH, color negro, siendo detenido en el lugar”. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5, 11° 9, 14 N°1, 15 N°1, 25, 30, 67, 70 todos del Código Penal; artículo 297, 347, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; lo dispuesto en los artículos 110, 111, 196, 209 la Ley de Tránsito y lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes de la Ley 18.216. Se declara: I.- Que se condena a Aníbal Mauricio Perez Valdivia, Cédula Identidad n° 11.940.582-3, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y un día (41) días de prisión en su grado maximo, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, prohibición para obtener licencia de conducir por dos años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito tentado de aprestarse a conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 111, 196 y 209 de la Ley de Tránsito, cometido con fecha 27 de julio 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en la comuna de Hijuelas. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículos 11 y siguientes de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la pena de 54,7 Código: BTQXXXMLXX Este documento tiene firma electrónica y su origin
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a Aníbal Mauricio Perez Valdivia, Cédula Identidad n° 11.940.582-3, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y un día (41) días de prisión en su grado maximo, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, prohibición para obtener licencia de conducir por dos años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito tentado de aprestarse a conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110, 111, 196 y 209 de la Ley de Tránsito, cometido con fecha 27 de julio 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en la comuna de Hijuelas. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículos 11 y siguientes de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la pena de 54,7 Código: BTQXXXMLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl horas de prestación de servicios en beneficios de la comunidad, para tal efecto el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Quillota. Se fija como fecha de presentación el día 19 de julio de 2024 en horas de la mañana, bajo apercibimiento que de no comparecer se despachará orden de detención en su contra, la pena sustitutiva no podrá extenderse mas de 08 horas diarias y la prestación del servicio deberá ser compatibl
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, dos de julio de dos mil veinticuatro. Hechos: “El 27 de julio de 2022, a las 12.35 horas aproximadamente, el acusado Aníbal Mauricio Perez Valdivia, fue sorprendido por Carabineros en calle Manuel Rodríguez esquina cuatro esquinas Hijuelas, cuando se aprestaba a conducir en estado de ebriedad, esto es con 1.78 gramos por mil en la sangre, y sin h
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