1º Juzgado de Letras de San Fernando

OENERGY GENERATION SOLAR

Rol

V-204-2020

Fecha

22 de abril de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 04 de diciembre de 2020, en folio 01 de estos autos, comparece doña Camila Andrea Álvarez Rojas, abogada, en representación, según se acreditará, de oEnergy Generación Solar Distribuida SpA (antes, Constructora oEnergy SpA), rol único tributario número 76.920.986-7, ambos con domicilio en Avenida Nueva Providencia, número 1881, oficina 1015, señalando que, en terrenos abiertos e incultos, ubicados en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, Provincia de Colchagua, comuna de Nancagua, ha encontrado un yacimiento de sustancias concesibles de libre adquisición, por lo que solicita un pedimento que denominará “EL RUN RUN DOS”. Arguye que las coordenadas U.T.M. del punto medio referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Huso 19, son las siguientes: NORTE: 6.162.650 metros; ESTE: 299.300 metros, y corresponden a la intersección de las diagonales de un cuadrado, cuyas aspas con orientación Norte- Sur U.T.M. miden 1.000 metros y cuya cabecera Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros, encerrando una superficie total de 100 hectáreas. Finaliza solicitando tener por efectuado este pedimento, admitirlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, certificar el día y la hora de su presentación y, en definitiva, otorgar a su representada, oEnergy Generación Solar Distribuida SpA, la concesión de exploración ya señalada. SEGUNDO : Que dicho pedimento se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de San Fernando, a fojas 948 N° 380 del año 2020, con fecha 18 de diciembre de 2020, inscripción que se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.843 de fecha 31 de diciembre de 2020. TERCERO: Que la superficie pedida en concesión es un cuadrado, cuyas aspas con orientación Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y cuya cabecera Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros, encerrando una superficie total de 100 hectáreas, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas U.T.M.: VERTICES NORTE (mts) ESTE (mts) Punto Medio PM 6.162.650,00 299.300,00 V1 6.163.150,00 298.800,00 V2 6.163.150,00 299.800,00 V3 6.162.150,00 299.800,00 V4 6.162.150,00 298.800,00 CUARTO : Que en folio 10, rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, Ord. N° 0346, de fecha 24 de marzo de 2021, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. Hace presente que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que revisados los antecedentes, es posible apreciar que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni vicios que obsten a la constitución de la concesión. En efecto, de los antecedentes aparece que se ha cumplido oportunamente con todos los trámites que establece el legislador minero para hacer lugar a la petición, como se dirá en lo resolut

Fallo

se resuelve: I.- Declárese CONSTITUIDA la concesión de exploración "EL RUN RUN DOS” sobre una superficie total de 100 hectáreas, ubicada en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, Provincia de Colchagua, comuna de Nancagua, a favor de oEnergy Generación Solar Distribuida SpA (antes, Constructora oEnergy SpA), ya individualizado, y SE APRUEBA el plano. II.- Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Inscríbase la citada sentencia. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de San Fernando. Entréguese al interesado copia autorizada de esta sentencia, conjuntamente con el original del plano, para el Servicio Nacional de Geología y Minería. . Se ordena la notificación de esta sentencia y el archivo de los antecedentes en su oportunidad. Sentencia dictada por Felipe Eduardo Cabrera Celsi, juez titular del Primer Juzgado de Letras de San Fernando En San Fernando, a veintidós de Abril de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Sal

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FOJA: 14 .- catorce .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : V-204-2020 CARATULADO : OENERGY GENERATION SOLAR San Fernando, veintidós de Abril de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 04 de diciembre de 2020, en folio 01 de estos autos, comparece doña Camila Andrea Álvarez Rojas, abogada, en representación, según se acr

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