Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ JOSÉ MIGUEL RAMÍREZ COLLAO

Rol

O-4115-2024

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 26 de mayo 2024 a las 18:15 horas en la residencia familiar Paula Jaraquemada ubicada en calle Paula Jaraquemada N° 02175 el requerido JOSÉ MIGUEL RAMÍREZ COLLAO golpeó con pies y puño a la víctima individualizada como Sebastián Alejandro Igor Endrusat de actuales 17 años ocasionándole las siguientes lesiones según formulario atención de urgencias del S.A.R Pedro de Valdivia N° 14480724, lesiones corresponderían a ojo derecho conjuntiva con eritema del párpado y el mismo lado cuello con equimosis longitudinales extremidades para medial del tercio proximal antebrazo izquierdo, presenta lesión ovalada consistente en mordedura humana dolor en el codo y mano izquierda lesiones de mediana gravedad.” II. La fiscalía, representada por la Fiscal Adjunta Sra. DANIELA ELLEMBERG para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal modificó el requerimiento tuvo los hechos como un DELITO de LESIONES MENOS, descrito y sancionado en los artículos 494 Nº 5 y 399 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, le atribuye la calidad de AUTOR DIRECTO, reconoce la atenuante del artículo 11 N° 9 y solicitó penas de MULTA DE UTM, sin costas. Código: QWYPXXKRSVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO III. La defensa solicita se reconozca la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, solicita que se imponga la pena de multa y sea rebajada y se allana a la accesoria del artículo 9 de ley 20.066, sin costas. IV. Oída en fiscalía la víctima Macarena del Carmen Sepúlveda Castillo, requirió la medida de protección consistente en que se prohíba al imputado, su hermano, acercársele. V. Por estar suficientemente fundado el requerimiento y conteste el tribunal con la calificación jurídica del hecho y naturaleza de la pena solicitada se acogerá y se dan por establecidos los hechos descritos en el requerimiento, los cuales configuran un DELITO CONSUMADO DE LESIONES MENOS GRAVES, descrit

Fallo

Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 388, 389, 390, 393 y 395, del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 70, 399 del Código Penal, RESUELVO: I. Que SE CONDENA a JOSÉ MIGUEL RAMÍREZ COLLAO, RUN . .6 - K, ya individualizado, a la pena de MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO /3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de un DELITO CONSUMADO DE LESIONES MENOS GRAVES, cometida en esta jurisdicción el 26 de mayo de 2024, en perjuicio de Sebastián Alejandro Igor Endrusat. II. Que, la multa impuesta se tiene por cumplida con cargo a un día de detención en esta causa. III. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Código: QWYPXXKRSVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO Una vez ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Remítase copia de la presente sentencia al Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese y dese copia. RUC 4 593793-7 RIT 4 5- 4 Dictada por don MAURICIO ALEJANDRO TORRES CONTRERAS, Juez de Garantía (S). Código: QWYPXXKRSVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: QWYPXXKRSVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-04T12:29:16-0400

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE GARANTÍA DE TEMUCO SENTENCIA DEFINITIVA: Temuco, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro.- I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado y el requerido JOSÉ MIGUEL RAMÍREZ COLLAO, RUN . .6 -K, estudiante, domiciliado en Paula Jaraquemada N° 75, comuna de Temuco, debidamente informado de sus derechos y asistido por la abogada defensora penal pública Sra. AL

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