MP C/ RENÉ GONZALO SEPÚLVEDA CABRERA
Rol
O-2307-2022
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4)., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descubiertos en la jornada del día 30 de mayo del año 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas; A) A la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO. B). A la suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. C) Al pago de una multa ascendente a UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria Mensual, pena ésta que se declara cumplida por vía sustitutiva con cargo a uno de los días que permaneció privado de libertad, bajo el régimen de prisión preventiva y, en el intertanto una privación de libertad domiciliaria, -primero total y los últimos días ya parcial-, para luego reingresar en prisión preventiva. D) Al comiso de los elementos incautados en el procedimiento a saber la droga para su destrucción y el dinero de $20.000 con el destino legal que corresponda. II.- Que se condena, asimismo, a LUIS DAGOBERTO SOTELO ESPINOZA, esta vez como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes de los artículos 3 y 1 de la Ley 20.000, según hechos Código: MFRFXXCBKCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl descubiertos en la jornada del día 24 de octubre del año 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas; A) A la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO. B) A la inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el lapso de la condena. C) Al pago de una multa ascendente a CINCO (5) Unidades Tributarias Mensuales, pena ésta que se declara cumplida por vía sustitutiva con cargo a 15 de los días que permaneció privado de libertad con motivo de este proceso, según detalle ya referido. D) Al comiso de los elementos incautados, a saber, la droga para su destrucción y los elementos de dosificación, 2 balanzas digitales y dinero en efectivo por la suma de $1.385.700.-, todos ellos para su destino l
Fallo
se declara: I.- Que se condena a LUIS DAGOBERTO SOTELO ESPINOZA, ya individualizado, aquí presente, como autor de un delito de Tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades, según hechos descubiertos en la jornada del día 30 de mayo del año 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas; A) A la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO. B). A la suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. C) Al pago de una multa ascendente a UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria Mensual, pena ésta que se declara cumplida por vía sustitutiva con cargo a uno de los días que permaneció privado de libertad, bajo el régimen de prisión preventiva y, en el intertanto una privación de libertad domiciliaria, -primero total y los últimos días ya parcial-, para luego reingresar en prisión preventiva. D) Al comiso de los elementos incautados en el procedimiento a saber la droga para su destrucción y el dinero de $20.000 con el destino legal que corresponda. II.- Que se condena, asimismo, a LUIS DAGOBERTO SOTELO ESPINOZA, esta vez como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes de los artículos 3 y 1 de la Ley 20.000, según hechos Código: MFRFXXCBKCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl descubiertos en la jornada del día 24 de octubre del año 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas; A) A la pena de TRE
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Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, tres de julio de dos mil veinticuatro. Procedimiento Abreviado R.U.C. 2100064272-7 R.I.T. 2307 - 2022 JUEZ JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA FISCAL RUBICEL MACARENA GUERRERO LILLO DEFENSOR PRIV PABLO ANDRÉS ITURRIETA MUÑOZ IMPUTADO LUIS DAGOBERTO SOTELO ESPINOZA RUT 24.904.590-K Domicilio Calle Lo Espino 17
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