MP C/ ROYSTON CALVIN HARTFORD AVELLANEDA
Rol
O-3858-2022
Fecha
27 de junio de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día de 13 de septiembre de 2022, alrededor de las 19:00 horas, funcionarios de la Brico de la PDI en cumplimiento de una orden de entrada registro e incautación dictada por el tercer juzgado de garantía de Santiago en esta causa, ingresaron al mencionado inmueble, sorprendiendo a los imputados ya condenados en la presente causa Elías Jesús LOYO OROPEZA, Royston Calvin HARFORD AVELLANEDA, Yonaiker Código: SDYXXXTSEPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Anstuans ARIAS AGUIRRE, Roneiker PÉREZ LANDAETA, Robert Alejandro CAURO RODRÍGUEZ y Nick Jonathan QUEVEDO CHAVARRIA, junto a los acusados Joni Neptali BETANCOURT LUGO y Jesús Alberto VELÁSQUEZ RIVERO en posesión de las siguientes especies y sustancias: al interior de un carro de supermercado: 01 Bolsa de nylon transparente con el logo “SHEIN”, la que en su interior mantenía 66 envoltorios de papel blanco cuadriculado, contenedores de una sustancia dubitada como Base Cocaína, arrojando un peso de 19.21 gramos, la cual fue fijada, embalada, sellada y rotulada, mediante Formulario Único de Evidencia NUE 6357281, además de 01 Bolsa de nylon trasparente, contenedora de una sustancia dubitada como Clorhidrato de Cocaína, arrojando un peso de 0.55 gramos, la cual fue fijada, embalada, sellada y rotulada, mediante Formulario Único de Evidencia NUE 6357282. 01 Calcetín de color blanco, contenedora de 20 envoltorios de papel blanco cuadriculado, con una sustancia dubitada como Cocaína Base, arrojando un peso de 8.58 gramos, la cual fue fijada, embalada, sellada y rotulada, mediante Formulario Único de Evidencia NUE 6357283, además de 04 bolsas de nylon transparente contenedora de una sustancia dubitada como Clorhidrato de Cocaína, arrojando un peso de 1.37 gramos y 01 Bolsa de nylon transparente contenedora de una sustancia dubitada como Clorhidrato de Cocaína, arrojando un peso de 12.57 gramos, la cual fue fijada, embalada, sellada y rotulada, mediante
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a, JESUS ALBERTO VELASQUEZ RIVERO, ya individualizado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derecho políticos, inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos Código: SDYXXXTSEPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el tiempo de la condena en su calidad de autor del delito de Tráfico ilícito de drogas, sustancias estupefacientes o sicotrópicas, ilícito contemplado en el artículo 3° en relación al artículo 1° de la ley 20.000, cometido con fecha 13 de septiembre de 2022 , perpetrado en la comuna de Recoleta. II. Que, la pena privativa de libertad antes impuesta se sustituye libertad vigilada intensiva, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, por el lapso de la condena, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de diez días, desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta. Para el caso de quebrantamiento se reconoce como abono el tiempo que permaneci
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PROCEDIMIENT ABREVIADO (resumen sentencia) FECHA: Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: 3º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: MARIA FERNANDA SIERRA CÁCERES RUC: 2200785866-7 RIT: 3858 – 2022 IMPUTADO: JESUS ALBERTO VELASQUEZ RIVERO CEDULA DE IDENTIDAD 0026034237-1 DELITO Tráfico ilícito de drogas sustancias psicotrópicas y estupefacientes ARTICULO Artículo 3 en
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