MP C/ MITCHELL ELEODORO RODRÍGUEZ REYES
Rol
O-572-2024
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El día de febrero del año , alrededor de las . horas, en la tienda “Homecenter Sodimac”, ubicada en Avenida León Bustos N° 6 de Linares, el imputado MITCHELL ELEODORO RODRÍGUEZ REYES se apropió con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de un destravador magnético de propiedad de la tienda Home Center, traspasando las cajas registradoras de dinero para luego irse de la tienda no pagando las especies que fue avaluada en la suma de $ . . Linares, uno de julio de dos mil veinticuatro. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos , , N° 6, N° , , , bis del Código Penal, y del Código Procesal Penal, se declara: Código: RLFXXXWMHCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se CONDENA a MITCHELL ELEODORO RODRÍGUEZ REYES, ya individualizado, a la pena de UN DÍA de prisión en su grado mínimo, multa a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de hurto falta, hecho perpetrado en la comuna de Linares el día de febrero de , en perjuicio de tienda “Homecenter Sodimac”. II.- Que teniendo en consideración que estuvo privado de libertad por un lapso superior a doce horas entre el al 6 de febrero de , se DA POR CUMPLIDA la pena privativa de libertad impuesta. III.- Se concede para el pago de la multa TRES PARCIALIDADES iguales, mensuales y sucesivas, debiendo pagar la primera de estas parcialidades dentro de los cinco primeros días del mes siguiente en que quede ejecutoriada la presente sentencia y así sucesivamente. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada. IV.- Atendida la admisión de responsabilidad efectuada por el sentenciado en los hechos materia del requerimiento y la naturaleza de su representación, se le exime del pago de las costas de la causa. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportuni
Fallo
se declara: Código: RLFXXXWMHCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se CONDENA a MITCHELL ELEODORO RODRÍGUEZ REYES, ya individualizado, a la pena de UN DÍA de prisión en su grado mínimo, multa a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de hurto falta, hecho perpetrado en la comuna de Linares el día de febrero de , en perjuicio de tienda “Homecenter Sodimac”. II.- Que teniendo en consideración que estuvo privado de libertad por un lapso superior a doce horas entre el al 6 de febrero de , se DA POR CUMPLIDA la pena privativa de libertad impuesta. III.- Se concede para el pago de la multa TRES PARCIALIDADES iguales, mensuales y sucesivas, debiendo pagar la primera de estas parcialidades dentro de los cinco primeros días del mes siguiente en que quede ejecutoriada la presente sentencia y así sucesivamente. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada. IV.- Atendida la admisión de responsabilidad efectuada por el sentenciado en los hechos materia del requerimiento y la naturaleza de su representación, se le exime del pago de las costas de la causa. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Ruc N° 4 9 5-3. Rit N° 57 - 4. Dictada por doña PAULA SOLANGE SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Lina
Texto Completo (Preview)
RUC : - . RIT : - . DELITO : Hurto falta. GRADO DESARROLLO : Consumado. IMPUTADO : MITCHELL ELEODORO RODRÍGUEZ REYES. RUT N° : 5 79 6 - . DOMICILIO : Avenida La Conquista, km 3 S/N° comuna de Longaví, frente al Colegio, al lado de donde se paga el agua. FISCAL : Patricia Elena Spiess Henríquez. DEFENSOR : Francisco Javier Flores Whipple. PROCEDIMIENTO : Simplificado. ATENUANTES : Artícul
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