MMPP C/ SERGIO ALEJANDRO ESCALONA ALARCÓN
Rol
O-1301-2023
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Que, el día 14 de Junio del año 2023, aproximadamente a las 16:10 horas de la tarde, el acusado SERGIO ALEJANDRO ESCALONA ALARCON se trasladaba como pasajero al interior de un bus de la Empresa “Plusschile”, patente SKJS-49, el cual circulaba por la Ruta 5 Norte, vehículo que al llegar a la altura del kilometro 126 de tal Ruta correspondiente a la comuna de Nogales, es fiscalizado por funcionarios de Sección Os-7 de Carabineros, quienes realizan tal fiscalización con el apoyo de un can detector de drogas, el cual a la revisión del interior del bus da marcación positiva a la presencia de droga en una mochila color gris que el acusado SERGIO ESCALONA ALARCON mantenía entre sus piernas, a raíz de lo cual se procede al control del imputado y al registro de dicha mochila, en cuyo interior son encontrados a su vez 2 paquetes envueltos en papal aluza, los cuales a su vez contenían 602,7 gramos de peso neto de cannabis sativa a granel, a raíz de lo cual se procede en el lugar a la detención del acusado y a la incautación de la droga por este transportada y además de un teléfono celular marca Motorola color azul, que este igualmente portaba” VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11 nº 6 y 9, 15 N° 1, 22, 24, 29, 32, 49 50, 56, 57, 62, 449 todos del Código Penal; lo dispuesto artículos 1 y 3 de la Ley 20.000, lo señalado en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y Ley 18216, se declara: Código: RGXGXXVSWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a SERGIO ALEJANDRO ESCALONA ALARCÓN, Cédula Identidad 0018745605-3, ya individualizado, como autor del delito consumado de Tráfico ilícito de drogas previsto y contemplado en el artículo 1 e
Fallo
se declara: Código: RGXGXXVSWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a SERGIO ALEJANDRO ESCALONA ALARCÓN, Cédula Identidad 0018745605-3, ya individualizado, como autor del delito consumado de Tráfico ilícito de drogas previsto y contemplado en el artículo 1 en relación al 3 de la Ley 20.00, cometido con fecha 14 de junio de 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en la comuna de Nogales, a sufrir la pena de tres (3) años y un (1) día de presidio menor en su grado máximo y a una multa de una (1) Unidad Tributaria Mensual, a accesoria legal de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que la pena corporal impuesta será sustituida por la de Libertad Vigilada Intensiva, por el mismo tiempo de la pena privativa de libertad a la cual ha sido condenado, debiendo quedar sujeto a la observancia del Centro de Reinserción Social de Santiago Sur. Debiendo cumplir además durante el periodo de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y las exigencias del artículo 17 letras a, b, c de la Ley 18.216. Como asimismo la obligación de asistir a un programa de tratamiento de rehabilitación de consumo problemático de drogas o alcohol de conformidad a los dispuesto en el artículo 17 bis de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse en dicho centro de rein
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, tres de julio de dos mil veinticuatro. Hechos: “Que, el día 14 de Junio del año 2023, aproximadamente a las 16:10 horas de la tarde, el acusado SERGIO ALEJANDRO ESCALONA ALARCON se trasladaba como pasajero al interior de un bus de la Empresa “Plusschile”, patente SKJS-49, el cual circulaba por la Ruta 5 Norte, vehículo que al llegar a la altura del
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