HEISE/HEISE
Rol
C-1071-2021
Fecha
22 de abril de 2021
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 222, 227 N°2 y 232 del Código Orgánico de Tribunales, en relación con lo dispuesto en los artículos 414 y 628 del Código de Procedimiento Civil, se designa Juez Partidor a doña Bessy Evelyn Plá Saavedra, abogada, con domicilio en Compañía de Jesús N° 1390, Oficina 1304, comuna de Santiago, correo electrónico bessypla.arbitrajes@gmail.com, teléfono 977913800. Póngase el nombramiento en conocimiento de las partes para que dentro de tercero día deduzcan su oposición, si existe alguna incapacidad legal que reclamar contra la persona nombrada. Vencido este plazo sin formular oposición, se entenderá aceptado el nombramiento y se notificará la designación al árbitro antes individualizado para que acepte el cargo y preste juramento de desempeñarlo con prontitud y fidelidad. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-1071-2021 Dictada por Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintidós de Abril de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl mailto:bessypla.arbitrajes@gmail.com 2021-04-22T16:20:19-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-1071-2021 CARATULADO : HEISE/HEISE Santiago, veintidós de Abril de dos mil veintiuno VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 222, 227 N°2 y 232 del Código Orgánico de Tribunales, en relación con lo dispuesto en los artículos 414 y 628 d
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