MARCELO ALEJANDRO ZU??IGA HUAQUI??IR C/ CLAUDIO FLAVIO SEGUEL RIVAS
Rol
O-2877-2020
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS “El 10 de abril de 2021, alrededor de las 05:00 hrs. en la intersección de calle San Daniel con la Avda. José Joaquín Pérez, comuna de Pudahuel, el acusado CLAUDIO FLAVIO SEGUEL RIVAS, en compañía del imputado IGNACIO ISMAEL MUGA GALVEZ, - aprovechándose del período de restricciones sanitarias impuestas por la autoridad -, provisto de una sierra y un alicate, escalaron postes existente en dicho lugar y procedieron a cortar los cables del tendido eléctrico y telefónico, - consistente en 70 metros de cable pon de 300 mm, avaluados en la suma de $ 3.500.000.- los que fueron apilando mientras se cometía el ilícito, concurriendo carabineros al lugar, quienes detuvieron a los acusados.” Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los Arts. 1, 3, 7, 11 N° 9, 15, 18, 21, 24, 29, (31), 32, 50, 67, 69, 443 del Código Penal; 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, se condena a IGNACIO ISMAEL MUGA GALVEZ, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS Código: CRXTXXXPNYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, perpetrado en la comuna de Pudahuel el día 10 de abril de 2021, en grado de desarrollo de frustrado. II.- Que, se le tiene por cumplida la pena corporal a la que ha sido condenado, con el mayor tiempo que estuvo privado de libertad en razón de esta causa, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno desde las 22.00 a las 06.00, entre el 7 de julio de 2021 y el 9 de marzo de 2023, que corresponde a 465 días. III.- Se decreta el comiso de la sierra incautada. IV.- Que, atendido que el requerido ha admitido su responsabilidad en los hechos contenidos e
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los Arts. 1, 3, 7, 11 N° 9, 15, 18, 21, 24, 29, (31), 32, 50, 67, 69, 443 del Código Penal; 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, se condena a IGNACIO ISMAEL MUGA GALVEZ, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS Código: CRXTXXXPNYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, perpetrado en la comuna de Pudahuel el día 10 de abril de 2021, en grado de desarrollo de frustrado. II.- Que, se le tiene por cumplida la pena corporal a la que ha sido condenado, con el mayor tiempo que estuvo privado de libertad en razón de esta causa, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno desde las 22.00 a las 06.00, entre el 7 de julio de 2021 y el 9 de marzo de 2023, que corresponde a 465 días. III.- Se decreta el comiso de la sierra incautada. IV.- Que, atendido que el requerido ha admitido su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento se le libera del pago de las costas. Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. RIT : 2877-2022 RUC : 20006829
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 1° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RIT : 2877-2020 RUC : 2000682990-3 IMPUTADO: IGNACIO ISMAEL MUGA GALVEZ. CÉDULA DE IDENTIDAD: 18.836.937-5 DOMICILIO:LO DESEADO 1263, PUDAHUEL. DEFENSOR: CATALINA PARRAGUEZ. FISCAL: MARCELO SOTO ÁLVAREZ. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO. DELITO: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUANTE
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