Juzgado de Garantía de Osorno.

MP C/ JAVIERA CONSTANZA REYES FAÚNDEZ

Rol

O-1418-2024

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL)., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 12 de abril del año 2024, en horas de la tarde, JAVIERA CONSTANZA REYES FAÚNDEZ y MERCY YULISA SUAREZ CUELLAR concurrieron hasta la farmacia Salcobrand ubicada en calle Eleuterio Ramírez N°935 de la ciudad de Osorno, en donde sustrajeron con ánimo de lucro y sin la voluntad de su propietario diversas especies, entre las que se encuentran: shampoo, productos de higiene, las que ocultaron entre sus pertenencias y que han sido avaluadas aproximadamente en la suma de $50.981.- pesos, para luego huir de este local comercial –Farmacia Salcobrand- con las especies en su poder. Luego, se dirigieron hasta el Mall Portal Osorno, ubicado en Plazuela Yungay N°645 de esta ciudad, donde concurrieron hasta la tienda Casa Ideas, ubicada en el segundo piso de dicho centro comercial, donde sustrajeron con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño diversas especies, básicamente paños de cocina, los cuales ocultaron entre sus pertenencias para luego hacer abandono de dicha tienda comercial sin pagar por dichas especies que, fueron avaluadas, respecto de las que portaba doña JAVIERA CONSTANZA REYES FAÚNDEZ en $19.820.- pesos y respecto de las que portaba doña MERCY YULISA SUAREZ CUELLAR en $13.140 pesos.-, siendo detenidas por guardias de seguridad al interior del Mall Portal Osorno. Y

Fundamentos

considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 30, 49, 50 y siguientes, 70, 446 N°3, 494 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8 y siguientes, 11 y siguientes de la Ley N°18.216,

Fallo

se declara: Código: HXLQXXRQXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se condena a JAVIERA CONSTANZA REYES FAÚNDEZ, cédula de identidad N°19.562.355-4, domiciliada en calle ERRAZURIZ Nº1924, Osorno, y a MERCY YULISA SUAREZ CUELLAR, cédula de identidad N°14.888.801-9, domiciliada en calle ANGULO Nº441, Osorno, número de teléfono 926072183 correo electrónico mercyyulisasuarezcuellar27@gmail.com, como autoras de los siguientes delitos, a las penas que a continuación se pasan a señalar: a) Por el delito de hurto previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, consumado, cometido el día 12 de abril del año 2024, a la pena de 21 días de prisión en su grado medio, a una multa de 1/3 de UTM, y a la suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena. La pena de multa en este capítulo se tendrá por cumplida por el día que las sentenciadas estuvieron privadas de libertad con ocasión de la presente causa. b) Por la falta de hurto prevista y sancionada en el artículo 494 bis del Código Penal, cometida el día 12 de abril del año 2024, se les condena a la pena de multa de 1/3 de UTM. II.- En torno a MERCY YULISA SUAREZ CUELLAR, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8° de la Ley N°18.216, se concede a la sentenciada la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, de 22:00 a 06:00 horas, debiendo dar cumplimiento a dicha pena durante el tiempo que

Texto Completo (Preview)

RUC : 2400420944-K RIT : 1418 - 2024 DELITO : Hurtos NOMBRE DEL IMPUTADO : JAVIERA REYES – MERCY SUAREZ PROCEDIMIENTO : Simplificado Osorno, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 12 de abril del año 2024, en horas de la tarde, JAVIERA CONSTANZA REYES FAÚN

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