Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./

Rol

V-6982-2020

Fecha

22 de abril de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de octubre del 2020, Alfredo Cádiz Lagos, Abogado, chileno, casado, Cédula de Identidad N° 6.376.960-6, en representación según se acreditará, de Sociedad Química y Minera de Chile S.A., persona jurídica de derecho privado, del giro y nacionalidad de su denominación, ambos domiciliados en Avenida Aníbal Pinto N° 3228 de Antofagasta,, solicitó de conformidad a lo señalado en el artículo 98 del Código de Minería, la corrección del acta y plano de mensura de las pertenencias mineras denominadas “SORPRESA 3, 1”, “SORPRESA 3, 2”, “SORPRESA 3, 3”, “SORPRESA 3, 4”, “SORPRESA 3, 5”, “SORPRESA 3, 6”, “SORPRESA 3, 7”, “SORPRESA 3, 8” y “SORPRESA 3, 9”, que forman parte del grupo de pertenencias mineras “SORPRESA 3 DEL 1 AL 9”, corregidas al tenor de la sentencia judicial ejecutoriada que más adelante se singulariza y que forma parte del proceso judicial contencioso sobre nulidad de pertenencias mineras que se referirá en esta solicitud, de acuerdo a las consideraciones de hecho y de derecho que expone: Que, con fecha 30 de Enero de 2003, SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A., solicitó la constitución del grupo de pertenencias mineras denominado “SORPRESA 3 DEL 1 AL 9”. Señala que la referida manifestación minera, se inscribió a fojas 227, bajo el N°147 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2003, la que fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de la primera Región, con fecha 17 de Febrero de 2003. Indica que con fecha 05 de Septiembre de 2003, se solicitó la mensura de las pertenencias mineras manifestadas, y se publicó con fecha 13 de Octubre de 2003. Con fecha 07 de julio de 2004, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Oficio N° 2163 evacuó favorablemente los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, por cuanto la forma, dimensiones y orientación de la cara superior de las pertenencias se ajustaron a las exigencias legales, y además se encuentran dentro del terreno manifestado como solicitado mensurar. Indica que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias eran las siguientes: VÉRTICE NORTE(metros) ESTE (metros) L1 7.837.000,00 394.000,00 L2 7.837.000,00 394.900,00 L3 7.836.500,00 394.900,00 L4 7.836.500,00 394.000,00 Manifiesta que con fecha 19 julio de 2004, el Tribunal dictó sentencia declarando la constitución del grupo de pertenencias mineras denominado “SORPRESA 3 DEL 1 AL 9”, aprobando el acta y plano de mensura acompañados en el proceso, la que fue inscrita a fojas 646, bajo el N°120 del Registro de Propiedad de Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2004, y el correspondiente extracto de sentencia constitutiva, se publicó con fecha 02 agosto de 2004. Señala que don Rodolfo Ulloa Araya y Javier Alviña Aravena, en representación de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA VIRGINIA, titular del estacamento salitral denominado “Ofici

Fallo

SE DECLARA: Se aprueba el acta y plano de mensura corregidos del grupo de pertenencias mineras denominadas “SORPRESA 3 1” con una superficie total de 1 hectárea, en favor de SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A., persona jurídica de derecho privado del giro y nacionalidad de su denominación, representada por don Alfredo Cádiz Lagos, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia aprobatoria al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese éste en el Boletín Oficial de Minería. Extráigase por la interesada copia autorizada de la presente sentencia del sistema de tramitación electrónica, atendido lo dispuesto en la ley N° 20.866. Dese a la interesada el original del plano y copia del acta de mensura corregida para ser entregadas por ésta o por quién la represente al Servicio Nacional de Geología y Minería. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura corregida en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase el plano al Conservador de Minas referido a fin de que proceda a su archivo en el Registro mencionado. Cumplida que sea la inscripción antes ordenada, proceda el Conservador de Minas de Pozo Almonte a dejar constancia de la dictación de la sentencia de aprobación de la corrección de mensura de autos, mediante anotación al margen de la inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión minera “ SORPRESA 3 DEL 1 AL 9” inscrita a fojas 646, bajo el N°120 del Registro de Propiedad del Cons

Texto Completo (Preview)

FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-6982-2020 CARATULADO : SOCIEDAD QU MICA Y MINERA DE CHILEÍ S.A./ POZO ALMONTE, VEINTIDOS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de octubre del 2020, Alfredo Cádiz Lagos, Abogado, chileno, casado, Cédula de Identidad N° 6.376.960-6, en representación s

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