ALVARO ISMAEL CASTRO PAVEZ C/ HERNALDO ANDRÉS MALDONADO MALDONADO
Rol
O-2450-2023
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD del artículo 196 de la Ley de Tránsito relación 110 y 111 de la misma ley, ilícito que se encuentran en grado de desarrollo de consumado, correspondiéndole al imputado la calidad de autor en los términos del artículo 15 N° 1 del código penal. A juicio de la Fiscalía respecto del requerido concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del articulo 11N°6 del Código Penal. El Ministerio Público solicitó se condene al requerido HERNALDO ANDRÉS MALDONADO MALDONADO, anteriormente individualizado, a las siguientes penas: Código: JCERXXGYMQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a. 300 días de presidio menor en su grado mínimo, una Multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales y Pena accesoria de la suspensión por 2 años de la licencia de conducir, por su calidad de autor del delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, prescrito y sancionado en el artículo 196 de la Ley del Tránsito 18.290, en relación a los artículos 110 inciso segundo y 111 inciso segundo del mismo cuerpo legal. b. Penas accesorias del Artículo 30 del Código Penal; y las costas de la causa. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura: En su alegato de apertura el ministerio público señaló que con la prueba pericial y puebla testimonial, más el set fotográfico, logrará comprobará el hecho materia del requerimiento. En el Alegato de clausura: En su alegato de clausura el ministerio público, señaló a lo largo del juicio, logró probar los hechos del requerimiento, primero el estado de ebriedad, además, que el imputado fue sorprendido con el motor encendido, sentado en el asiento del conductor. Agregó que se discutió si la figura del tipo penal alcanza al que se encuentra en posibilidad de conducir, finalmente señaló que el imputado estaba ebrio y asiendo del piloto por lo que solicitó condena. En su Alegato de apertura de la Def
Fundamentos
considerando quinto de esta sentencia. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, según dispuesto en el considerando sexto. Devuélvase la documentación respectiva a los intervinientes. Archívese en su oportunidad. RUC Nº 2201261707-4 RIT Nº 2450 - 2023 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. Código: JCERXXGYMQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-02T16:20:29-0400
Fallo
se declara que: I.- Que, se absolverá al imputado de HERNALDO ANDRÉS MALDONADO MALDONADO, RUT: N° 15.405.464-2, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Villa Los Álamos, Pasaje Valle De La Luna Nº 2016, Comuna de Melipilla, por el delito de manejo en estado de ebriedad, según lo razonado en el considerando quinto de esta sentencia. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, según dispuesto en el considerando sexto. Devuélvase la documentación respectiva a los intervinientes. Archívese en su oportunidad. RUC Nº 2201261707-4 RIT Nº 2450 - 2023 Dictada por don VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. Código: JCERXXGYMQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-02T16:20:29-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA FECHA: Melipilla, dos de julio de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR FERNANDEZ ORTEGA RUC: 2201261707-4 RIT: 2450 - 2023 IMPUTADO : HERNALDO ANDRÉS MALDONADO MALDONADO C.I. : 0015405464-2 FECHA DE NAC.: 19-11-1969 DIRECCION: Calle VILLA LOS ALAMOS PASAJE VALLE DE LA LUNA Nº 2016 COMUNA: Padre Hurtado. DELITO: manejo en estado
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