LARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PICHIDEGUA
Rol
T-7-2022
Fecha
17 de junio de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Cotizaciones Previsionales, Daño moral, Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Recargos, Subterfugio
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS X 3 · TRASLADO A LA PARTE DENUNCIANTE: solicita el rechazo con costas respecto a todas las excepciones (fundamentación íntegra en audio). X 4 · SE TIENEN POR EVACUADOS LOS TRASLADOS CONFERIDOS X 5 · TRIBUNAL RESUELVE: · Respecto a la excepción de incompetencia: Se rechaza, sin costas. · Respecto a la excepción de caducidad: Se acoge, sin costas. · Respecto a la denuncia: Se rechaza. X 6 · PARTE DENUNCIANTE APELA A LA RESOLUCIÓN: por los mismos argumentos ya expuestos y solicita se tengan por repetidos en atención a la economía procesal. Solicitando se conceda el recurso de apelación en ambos efectos ante la Ilustre Corte de Apelaciones de Rancagua para su conocimiento y resolución, a la que en concreto solicita que se revoque la resolución apelada, que en su reemplazo se dicte otra que niegue lugar a la excepción de caducidad opuesta por la denunciada, con costas. También solicita que se ordene la prosecución del juicio desde la continuación de la presente audiencia preparatoria por juez no inhabilitado. Por último, que se condene en costas por la apelación, en caso de la posición contraria. X 7 · TRIBUNAL RESUELVE: Se concede recurso de apelación. X 8 En San Vicente de Tagua Tagua, a dieciséis de junio de dos mil veintidós.- I.- EL TRIBUNAL RESUELVE En cuanto a la excepción de incompetencia: Se hace presente a las partes que la acción de tutela laboral tiene por objeto la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores frente a ciertas cuestiones suscitadas en una relación laboral. Estando comprendida la definición de empleados públicos en el concepto de trabajadores, no es menos cierto también que los derechos fundamentales se encuentran consagrados en la más alta cúspide normativa, y es por esto que la interpretación debe ser orientada a la protección de los derechos de todos los trabajadores, lo cual se entiende sin que exista una contravención de los artículos 6 y 7 del Código del Trabajo. Dicho lo anterior, el a
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Respecto a la apelación: Atendido lo dispuesto en el artículo 453 inciso 6 del Código del Trabajo, téngase por interpuesto recurso de apelación en contra de la resolución pronunciada en la presente audiencia que acoge la excepción de caducidad sin costas, concédase en ambos efectos, y elévense los autos para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, para su conocimiento y resolución, remítanse vía interconexión. Los intervinientes quedan notificados en este acto de todo lo obrado. RIT T-7-2022 RUC 22-4-0401890-K Siendo las 11:55 horas se pone término a la audiencia dirigida por don CARLOS OLGUÍN CARTAGENA, Juez Suplente del Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua/avp.
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la excepción de caducidad de las acciones intentadas y, en consecuencia, se rechazan la denuncia por tutela y la demanda subsidiaria por autodespido, sin costas por estimar que la actora tuvo motivos plausibles para litigar. Respecto a la apelación: Atendido lo dispuesto en el artículo 453 inciso 6 del Código del Trabajo, téngase por interpuesto recurso de apelación en contra de la resolución pronunciada en la presente audiencia que acoge la excepción de caducidad sin costas, concédase en ambos efectos, y elévense los autos para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Rancagua, para su conocimiento y resolución, remítanse vía interconexión. Los intervinientes quedan notificados en este acto de todo lo obrado. RIT T-7-2022 RUC 22-4-0401890-K Siendo las 11:55 horas se pone término a la audiencia dirigida por don CARLOS OLGUÍN CARTAGENA, Juez Suplente del Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua/avp.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL FECHA Dieciséis de junio de dos mil veintidós.- RUC 22-4-0401890-K RIT T-7-2022 MAGISTRADO CARLOS OLGUÍN CARTAGENA ADMINISTRATIVO DE ACTAS AMANDA VENEGAS PÉREZ HORA DE INICIO 11:00 HORAS HORA DE TERMINO 11:55 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240401890-K-113-220616-00-01-T-7-2022 PARTE DENUNCIANTE PAULA ANDREA LARA MALDON
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