MINISTERIO PÚBLICO C/ JUAN FERNANDO GASTÓN ARAYA ARAYA
Rol
O-86-2024
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL), PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El 26 de enero de 2024, a las 16:50 horas aproximadamente, en la intersección de calle Riquelme con pasaje Maipú, Vicuña, el imputado Juan Fernando Araya Araya amenazó a los funcionarios de carabineros en servicio Francisco Moraga Muller y Luis Reyes Llanos, diciéndoles “salgan de aquí pacos culiaos antes que los mate”, amenazas serias y verosímiles ya que el imputado además, portaba sin justificar razonablemente un cuchillo cocinero con empuñadura envuelta en cinta adhesiva. DELITOS: falta del articulo 495 N°4 del CP y porte de arma blanca 288 bis CP, autor, consumado. Es por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15 N°1, 16 N°921, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 288 bis inciso 2°, 495 N°4 del Código Penal; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se condena a Juan Fernando Gastón Araya Araya, rut N°20.525.553- 2, ya individualizado, al pago de una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual por el delito de porte de arma blanco del artículo 288 bis; y al pago de una multa de 1 de unidad tributaria mensual por la falta respecto de cualquier funcionario revestido de autoridad pública, mientras ejerce sus funciones contenido en el artículo 495 N°4 ambos del Código Penal, por su responsabilidad en calidad de autor de la falta y el delito ya señalados, perpetrado en la comuna de Vicuña el día 26 de enero de 2024, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que (de conformidad al artículo 31 del Código Penal), se decreta el comiso del arma cortante (o punzante) incautada con motivo de este procedimiento. III.- Que, se le tiene por cumplida la pena de multa a la que ha sido condenado por el día que permaneció privado de libertad en este procedimiento, del 26 de enero al 27 de enero de 2024. IV.-Que respecto de la pena de 1 UTM Se concede al sentenciado las facilidades contempladas en el artículo 70 del Código Penal, debiendo pagar la multa en 3 parcialidades iguales, mensuales y su
Fallo
por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15 N°1, 16 N°921, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 288 bis inciso 2°, 495 N°4 del Código Penal; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se condena a Juan Fernando Gastón Araya Araya, rut N°20.525.553- 2, ya individualizado, al pago de una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual por el delito de porte de arma blanco del artículo 288 bis; y al pago de una multa de 1 de unidad tributaria mensual por la falta respecto de cualquier funcionario revestido de autoridad pública, mientras ejerce sus funciones contenido en el artículo 495 N°4 ambos del Código Penal, por su responsabilidad en calidad de autor de la falta y el delito ya señalados, perpetrado en la comuna de Vicuña el día 26 de enero de 2024, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que (de conformidad al artículo 31 del Código Penal), se decreta el comiso del arma cortante (o punzante) incautada con motivo de este procedimiento. III.- Que, se le tiene por cumplida la pena de multa a la que ha sido condenado por el día que permaneció privado de libertad en este procedimiento, del 26 de enero al 27 de enero de 2024. IV.-Que respecto de la pena de 1 UTM Se concede al sentenciado las facilidades contempladas en el artículo 70 del Código Penal, debiendo pagar la multa en 3 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas. El pago de la primera cuota deberá efectuarse en 10 días de ejecutoriado el prese
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Vicuña, dos de julio de dos mil veinticuatro. Hechos: El 26 de enero de 2024, a las 16:50 horas aproximadamente, en la intersección de calle Riquelme con pasaje Maipú, Vicuña, el imputado Juan Fernando Araya Araya amenazó a los funcionarios de carabineros en servicio Francisco Moraga Muller y Luis Reyes Llanos, diciéndoles “salgan de aquí pacos culiaos antes que los mate”, amenazas serias y veros
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