7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LORENA DEL PILAR MUÑOZ LIZANA

Rol

O-260-2024

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: intervinientes. Que ante el Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado, seguidos por el delito de hurto contra: NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA LORENA DEL PILAR MUÑOZ LIZANA 0013677803- Calle URETA COX Nº 143 San Joaquín. Empleada, representada por don CRISTIAN FARIAS CONCHA de la Defensoría Penal Pública, por la Fiscalía compareció don Ignacio Urrutia. SEGUNDO: requerimiento. Fueron hechos del requerimiento: HECHOS: Que el día 6 de enero del año 2024, a las 18.00 horas aproximadamente en el interior del galpón de nombre de fantasía persa cordillera ubicado entre las intersecciones de placer con calle Víctor Manuel de la comuna de Santiago, los imputados sustrajeron clandestinamente con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño la mochila de la víctima doña INDIRA LILIANA RODRIGUEZ MORENO quien la había dejado olvidada en el baño con $ 65.000 pesos, documentación personal, una billetera y audífonos avaluados en la suma de $ 80.000 pesos con un monto total de lo sustraído por un monto de $ 145.000 para luego huir con las especies del lugar Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del ministerio público, constituyen el ilícito de hurto simple del artículo 446 N° 3 del Código Penal, en calidad de autor y grado de desarrollo de consumado. Participación atribuida: Al parecer del organismo persecutor, le (s) corresponde participación en calidad de autor(a), según lo dispuesto en el artículo 15 del Código Penal. Circunstancias Modificatorias de responsabilidad penal: No concurren modificatorias legales. Código: EVWJXXEPXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pena solicitada: El Ministerio Público, solicita se imponga una pena de 540 días, más 5 UTM, costas y accesorias legales. TERCERO: alegatos de apertura. Del Ministerio Público: Que el Ministerio Público, ha indicado que durante el juicio acreditará los hechos del requerimiento con la declaración de su testigo y el resto de la prueba. Por estos fundamentos y la modalidad de comisión se solicita la condena. De la Defensa: Que invocando la presunción de inocencia, la defensa indica que no se acreditarán los hechos del requerimiento, además de no ser efectivo. En razón de lo anterior, debe dictarse sentencia absolutoria. CUARTO: declaración del requerido. Que invitada la imputada a hacer uso del derecho contemplado en el artículo 326, del Código Procesal Penal, se reservó el referido. QUINTO: prueba del ministerio público y querellante: Que con el fin de establecer la concurrencia de los elementos del tipo penal por el cual se requirió al imputado y su participación en el delito respectivo, el órgano persecutor rindió las siguientes probanzas: TESTIMONIAL. Miguel Ángel Ramírez, funcionario de carabineros. Otros medios de prueba fotografías. SEXTO: prueba de la defensa No rinde. SÉPTIMO: hechos que se

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 432 del Código Penal; 1°,27, 45,48, 46, 347 y 390 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que se absuelve a la imputada LORENA DEL PILAR MUÑOZ LIZANA , ya individualizados, del delito de hurto, objeto del requerimiento, supuestamente cometido en la comuna de Santiago. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público. RUC 2400025349-5 RIT 260 - 2024 Pronunciada por don Freddy Cubillos Jofré, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.- Código: EVWJXXEPXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EVWJXXEPXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-01T09:33:29-0400

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de junio, de dos mil veinticuatro. De acuerdo al veredicto pronunciado en audiencia, se dicta la siguiente sentencia. OIDO, VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: intervinientes. Que ante el Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado, seguidos por el delito de hurto contra: NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA LORENA DEL PIL

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