COMPAÑÍA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A./
Rol
V-2748-2019
Fecha
21 de abril de 2021
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña María Isabel Reinoso Grau, chilena, soltera, abogada, cédula de identidad Nº 10.798.706-1, domiciliada en Avenida Isidora Goyenechea N° 2.800, oficina 802, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de COMPAÑIA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A., empresa chilena del giro minero, RUT Nº 96.567.040-8, domiciliada en calle Esmeralda N° 340, piso 9, comuna y ciudad de Iquique, presentó con fecha 30 de octubre del 2020, la manifestación minera de un grupo de 10 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, abarcando una superficie total de 100 hectáreas denominadas "DAMALA 2, 1 AL 10", el punto de interés de la concesión minera de explotación se encuentra ubicado en la Comuna de Pozo Almonte, Provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá. Esta manifestación fue hecha invocando la Concesión de Exploración denominada “DAMALA 2”, cuyo pedimento fue presentado el 05 de mayo de 2017, ante este tribunal. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 6415 bajo el Nº 3788, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2019. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura de las pertenencias mineras referidas se publicaron con fecha 02 diciembre del 2019 y 08 junio del 2020, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, con fecha 24 marzo del 2021 y mediante el Ord. N° 0568, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe correcto la operación de mensura de las pertenencias DAMALA 2 1/10, consignando que, “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura” QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras, resultantes de la operación de mensura, denominadas " DAMALA 2, 1 AL 10", materia de esta concesión, son: VÉRTICE NORTE (m) ESTE (m) 1 7.667.700,00 465.500,00 3 7.667.700,00 466.500,00 18 7.666.700,00 466.500,00 16 7.666.700,00 465.500,00 Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y 42 de su Reglamento,
Fallo
SE DECLARA: Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 10 pertenencias denominadas " DAMALA 2, 1 AL 10”, con una superficie total de 100 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de “COMPAÑÍA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A.,” ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano y de una copia del acta de mensura a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. En su oportunidad certifíquese la ejecutoria de la sentencia. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. CE Dictada por Juez(a) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a veintiuno de abril del año dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede./ dll Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en h
Texto Completo (Preview)
FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-2748-2019 CARATULADO : COMPA A MINERA TECK QUEBRADAÑÍ BLANCA S.A./ POZO ALMONTE A VEINTIUNO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTIUNO VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña María Isabel Reinoso Grau, chilena, soltera, abogada, cédula de identidad Nº 10.798.706-1, domiciliada en Avenida Isidora Goyen
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