Juzgado de Garantía de Ancud.

MP C/ JUAN ANTONIO VILLEGAS GONZÁLEZ

Rol

O-990-2024

Fecha

29 de junio de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Ancud, 28 de junio de 2024 Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 7, 11 n°9, 14 Nº1, 15 N°1, 30, 50 y siguientes del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290, disposiciones de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: Código: RKXTXXTPFGM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que SE CONDENA a JUAN ANTONIO VILLEGAS GONZALEZ, cédula de identidad N°11.432.097-8, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO (61), suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, MULTA DE 1/3 UTM, suspensión de la licencia de conducir por 2 AÑOS, y todo lo anterior por su responsabilidad como AUTOR en el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, previsto sancionado en los artículo 110 en relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290 en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido el día 29 de junio de 2024, en la comuna de Ancud. II. Que respecto a la pena de multa de 1/3 UTM, se le tendrá por cumplida por el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad con motivo de su detención en esta causa. III.-Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 10 y 11 de la ley 18.216, teniendo para ellos presente la aceptación de responsabilidad y su disposición a trabajar; se dispone el cumplimiento de la pena corporal mediante la pena SUSTITUTIVA DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD en razón de OCHENTA Y UN (81) horas de trabajo, que se llevarán a efecto por el sentenciado en coordinación con Gendarmería. Para tal efecto queda citado a presentarse al establecimiento penitenciario CRS de Castro, ubicado en calle Gam

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 7, 11 n°9, 14 Nº1, 15 N°1, 30, 50 y siguientes del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290, disposiciones de la Ley N°18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: Código: RKXTXXTPFGM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que SE CONDENA a JUAN ANTONIO VILLEGAS GONZALEZ, cédula de identidad N°11.432.097-8, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO (61), suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, MULTA DE 1/3 UTM, suspensión de la licencia de conducir por 2 AÑOS, y todo lo anterior por su responsabilidad como AUTOR en el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, previsto sancionado en los artículo 110 en relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290 en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido el día 29 de junio de 2024, en la comuna de Ancud. II. Que respecto a la pena de multa de 1/3 UTM, se le tendrá por cumplida por el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad con motivo de su detención en esta causa. III.-Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 10 y 11 de la ley 18.216, teniendo para ellos presente la aceptación de responsabilidad y su disposición a trabajar; se dispone el cumplimiento de la pena corporal me

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Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Ancud., veintinueve de junio de dos mil veinticuatro Magistrado ANDRES CRISTOFER ARTEAGA JARA Fiscal FERNANDO ESTEBAN METZNER IRIBARREN Defensor CARLOS BARAHONA RAMIREZ Hora inicio 11:08AM Hora termino 11:27AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Ancud. Acta gad RUC 2410030671-5 RIT 990 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION C

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